El matrimonio es uno de los momentos más felices para la mayoría de las parejas pues los preparativos, las ilusiones, la fiesta, la luna de miel y un ‘nuevo comienzo’ en la relación pueden ser algunos de los aspectos que más emocionan a muchos y fue el caso del futbolista Mohamed Buya. Sin embargo, ¿qué sucedería si después de todo lo hecho, uno de los involucrado no se presenta a la ceremonia, no porque se haya arrepentido o falta de amor, solo porque debe trabajar? Sin dudas algo inédito que se volvió viral a nivel mundial.
Pues es el caso de Mohamed Buya, un futbolista de 27 años nacido en Sierra Leona, quien fue convocado por su equipo para iniciar el proceso rumbo a un torneo internacional, pero fue llamado justo antes de su matrimonio.
LA CONVOCATORIO DE ÚLTIMA HORA DE MOHAMED BUYA
La ceremonia religiosa se encontraba programada para el 21 de julio, una vez finalizara su contrato con el equipo chino Henan Songshan Longmen de la Superliga China. Asimismo, Malmö FF se interesó por él y lo convocó, antes de lo planeado, para que se integrara y participara en las rondas clasificatorias rumbo a la Europa League.
No obstante su esposa, en ese entonces novia, quedaría ‘plantada’ en el altar. Aunque, al futbolista se le ocurrió una gran idea para no cancelar la ceremonia religiosa y así concretar su boda pues no se le ocurrió mejor idea que enviar a su hermano para que casara por él. Y así fue, la ceremonia se llevó a cabo y Buya pudo estar con su equipo para ser presentado el 22 de julio. Ahora, el futbolista espera llevar a su esposa a Suecia para estar juntos y vivir su luna de miel.
LA IGLESIA CATÓLICA PERMITE EL MATRIMONIO CON UNO DE LOS NOVIOS AUSENTES
Actualmente en la iglesia Católica es posible contraer matrimonio si es que uno de los novios no se encuentra presente por medio de un procurador. Según el Derecho Canónico, en su canon 1104, “para contraer válidamente matrimonio es necesario que ambos contrayentes se hallen presentes en un mismo lugar, o en persona o por medio de un procurador”.
LOS REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO A TRAVÉS DE UN PROCURADOR
- Que se haya dado mandato especial para contraer con una persona determinada;
- Que el procurador haya sido designado por el mandante, y desempeñe personalmente esa función.
- Para la validez del mandato se requiere que esté firmado por el mandante y, además, por el párroco o el Ordinario del lugar donde se da el mandato, o por un sacerdote delegado por uno de ellos, o al menos por dos testigos; o debe hacerse mediante documento auténtico a tenor del derecho civil.
- Si el mandante no puede escribir, se ha de hacer constar esta circunstancia en el mandato, y se añadirá otro testigo, que debe firmar también el escrito; en caso contrario, el mandato es nulo.
- Si el mandante, antes de que el procurador haya contraído en su nombre, revoca el mandato o cae en amencia, el matrimonio es inválido, aunque el procurador o el otro contrayente lo ignoren.