Si bien las cámaras de vigilancia pueden ser útiles para las empresas debido a que protegen su actividad económica, también pueden ser un dolor de cabeza por el simple hecho de que su uso puede resultar en batallas judiciales. Tal es el caso de la compañía española Domiberia, que se enfrenta a una demanda interpuesta por un extrabajador suyo por tener grabaciones sobre él.
La controversia se centra en que el empleado fue descubierto robando a la empresa gracias a las cámaras de vigilancia instaladas por la misma, razón por la cual fue despedido. Sin embargo, el trabajador alega que la grabación violó su privacidad, por lo que ahora busca una indemnización de 30,000 euros. A continuación, te contamos todos los detalles de este peculiar incidente.
¿POR QUÉ LA EMPRESA DECIDIÓ USAR SUS CÁMARAS DE VIGILANCIA CONTRA EL TRABAJADOR?
En Galicia (España), la compañía Domiberia, dedicada a la fabricación de envases, decidió despedir al trabajador en cuestión tras descubrirlo en un incidente donde sustraía material de su fábrica.
Según el relato de los hechos que comparte el diario Faro de Vigo, el empleado, que tenía 14 años de antigüedad en la empresa, obtuvo un permiso para quedarse con una luminaria, pero aprovechó la situación para llevarse otros elementos sin autorización. Sin embargo, sus actos no pasaron desapercibidos, pues una compañera y un vigilante sospecharon de sus acciones y alertaron a la empresa.
Aunque el trabajador se defendió, e incluso quiso ofrecer pruebas, no convenció a sus superiores, quienes decidieron abrir un expediente y revisar la camáras de vigilancia. De esta manera, se llegó a la conclusión de que sí hubo un hurto por parte del implicado y acto seguido, se procedió a realizar un despido disciplinario al empleado.
¿POR QUÉ EL ACUSADO PIDIÓ UNA INDEMNIZACIÓN A LA EMPRESA?
Si bien el despido justificado fue una decisión respaldada por el Juzgado de lo Social nº 5, el exempleado solicitó una indemnización a la empresa porque consideró que el uso de las imágenes de las cámaras de seguridad para su despido había violado sus derechos fundamentales. Su defensa argumentó que la empresa no contaba con su consentimiento explícito para utilizar los vídeos en su contra.
Debido a esta supuesta infracción de sus derechos, el trabajador pidió una compensación económica de 30.000 euros por daños y perjuicios, argumentando que la empresa había actuado de manera ilegal al emplear las grabaciones sin su autorización.
¿CUÁL ES LA POSICIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE XUSTIZA DE GALICIA?
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia consideró que la coartada del trabajador no era válida. En primer lugar, los magistrados aclararon que existen dos tipos de regulaciones para el uso de cámaras en el entorno laboral: una para la videovigilancia específica y otra general para la seguridad, ámbitos en donde Domiberia cumplía.
Luego, el tribunal precisó que es crucial informar a los empleados sobre el uso de estas cámaras, acto que la empresa española ya había cometido, pues informó sobre la existencia de tales equipos en 2014.
Y finalmente, la sentencia argumentó que el uso de las cámaras para el despido del trabajador estaba justificado debido a las pruebas suficientes de conducta irregular y que no había una alternativa menos invasiva.
Al final de todo, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestimó la demanda del trabajador y confirmó por completo el despido disciplinario.