¿Cuándo sale el plan para la devolución de Fonavi a los aportantes?. (Foto: GEC) / Yván Salcedo Llerena
¿Cuándo sale el plan para la devolución de Fonavi a los aportantes?. (Foto: GEC) / Yván Salcedo Llerena
Redacción EC

El pago del está cada vez más cerca, más aún ahora que recientemente se ha aprobado en el Congreso de la República la entrega de este aporte por el que miles aún siguen en pie de lucha. Es por ello que en esta nota te contaremos quiénes serían los primeros en cobrar esta devolución y te brindaremos más detalles relacionados a este importante tema que es de interés para más de uno.

QUIÉNES SERÍAN LOS PRIMEROS EN COBRAR DEVOLUCIÓN DE FONAVI

Según detalla Diario El Peruano, se modificará el artículo 4 de la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, y se incorpora el artículo 4 –A.

Esto quiere decir que quienes recibirán este beneficio serán aquellos trabajadores que contribuyeron al FONAVI, y a sus herederos en caso de fallecimiento.

Además de ello se señaló que se debe “atender en forma prioritaria a las personas mayores de sesenta y cinco años, a los registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a los que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o sucesores”.

SOBRE LA DEVOLUCIÓN DEL FONAVI QUE APROBÓ EL CONGRESO

El Congreso de la República ha aprobado el dictamen del proyecto de ley que busca modificar la Ley 29625, conocida como la Ley de devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a los trabajadores contribuyentes. Esta modificación permitirá la devolución parcial de los fondos, la cual será cargada a una futura cancelación. Además, la nueva norma establecerá el reconocimiento del derecho de devolución a los herederos en caso de fallecimiento del trabajador contribuyente.

La aprobación de esta norma contó con 110 votos a favor, ningún voto en contra y una abstención. La iniciativa se basó en los proyectos de ley 696/2021 y 4702/2022 y fue exonerada en la segunda votación.

La congresista Rosangella Barbarán Reyes, miembro de Fuerza Popular y titular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, explicó que la medida modifica el artículo 4 de la Ley 29625 y añade el artículo 4-A. El primer artículo reconoce el derecho a la devolución, mientras que el siguiente establece la creación de una Comisión Ad Hoc encargada de aplicar los procedimientos y procesos necesarios para cumplir con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley 29625.

La inclusión de la Comisión Ad Hoc es de vital importancia, ya que facilitará la aplicación de los procedimientos necesarios y permitirá atender de manera prioritaria a las personas mayores de sesenta y cinco años, a los registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a aquellos que sufren de alguna enfermedad grave o terminal, tanto titulares como herederos.

HAY RECURSOS PARA PAGAR A LOS FONAVISTAS

En un anuncio que hizo el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, este recordó que ya hay dentro del presupuesto fiscal para el 2023 un grupo de recursos asignados para los fonavistas, quienes desde hace años luchan por la devolución de su dinero, de forma que se pueda ir avanzando en este pago en línea con la disponibilidad presupuestaria y sin prejuicio de otras medidas que impulsa el MEF.

“En el caso de FONAVI, me han pasado información que ha habido unos temas legales, voy a coordinar de forma que al menos se pueda realizar con lo que ya está presupuestado que son S/50 millones, el propio FONAVI tiene recursos de alrededor S/1.600 millones con los cuales se podría ir atendiendo al menos los primeros pagos. Llegando a mi oficina voy a convocar al representante de la comisión del FONAVI para que me informe sobre la situación actual y ver esta potencial salida,” explicó.

Como réplica, el congresista Carlos Anderson, le pidió al ministro Contreras que de una vez puedan poner en marcha la devolución del dinero ya que los miembros de la Comisión ad hoc que representan al MEF obstaculizan el avance de este pedido de los fonavistas.

“La Comisión ad hoc, hace tres meses fue establecida, pero cada día encuentran alguna razón más para que nada suceda con relación a la ley 31173 y 31454, que son leyes dictadas por el Congreso y que reconocen justamente el derecho que tienen los fonavistas de recibir un pago lo más pronto posible. Desde el punto de vista de política económica, nada más inteligente que cumplir con un compromiso de deuda y trasladar recursos a un sector que sabemos que en su mayoría es pobre y lo más probable es que lo que reciban van a reinvertir en el circuito de la economía,” sostuvo el congresista Anderson, a lo que el ministro reafirmó que sí hay presupuesto.

QUÉ ES EL FONAVI

El FONAVI, también conocido como el Fondo Nacional de Vivienda, es un fondo de la República Peruana creado por el Decreto Ley N° 22591, el 30 de junio de 1979 por el gobierno de Francisco Morales Bermúdez, el cual buscaba financiar préstamos para que la gente pueda construir o adquirir viviendas. Estuvo vigente desde el 1 de junio de 1979 hasta su disolución, el 31 de agosto de 1998.

Este fondo brindaba beneficios a los ciudadanos que aportaban mensualmente, el cual no era un impuesto. Entre 1985 y 1992 se recaudó 13 mil millones de soles, entre 1992 y 1998 se recaudó 6 mil millones. Las cifras anteriores a esas fechas no se pudieron calcular debido a un incendio que se produjo en el Banco de la Nación en el año 2000, en el cual se perdieron varios documentos. Este dinero fue utilizado para construcciones eléctricas.

En 1998 fue cambiado de nombre a Impuesto Extraordinario de Solidaridad y en el año 2004 este fondo fue derogado debido a las irregularidades en sus cifras.

En el 2008, la Presidencia del Consejo de Ministros creó la comisión multisectorial para investigar sobre qué pasó con el dinero del FONAVI. Se estimó que el dinero desaparecido entre 1979 y 1998 alcanzaba los 10 mil millones de soles.

Muchos fonavistas salieron a reclamar la devolución de su dinero, que, debido a las bases legales se tenían que devolver si este se utilizaba para otros fines.