Los trabajadores formales pueden acceder a este beneficio, Entérate todos los detalles.
Los trabajadores formales pueden acceder a este beneficio, Entérate todos los detalles.
/ DIANA CHÁVEZ
Redacción EC

Aquellos trabajadores formales que cuenten con fondos por podrán acceder al beneficio de retirar hasta el 100% de su dinero. Para ello, solo deberán solicitar la información a su banco correspondiente y hay una cantidad ilimitada de retiros (siempre y cuando se cuente con fondos) hasta finales de 2023. En la siguiente nota de contamos todos los detalles.

¿CÓMO SE HACE EL RETIRO DE CTS 2022?

El retiro de la CTS en este 2022 será más fácil que en otros años ya que los peruanos que deseen retirar el 100% o una parte de su dinero por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), solo deberán ir al cajero o banco donde tienen su dinero y retirarlo, de lo contrario, otra de las opciones es hacer transferencias entre cuentas o interbancarias para poder contar con el dinero.

Es importante precisar que se podrán hacer uno o más retiros de CTS desde este lunes 06 de junio hasta el 31 de diciembre de 2023, pues así lo determina la ley sobre el retiro de CTS que se publicó en el diario El Peruano.

¿DESDE CUÁNDO SE PUEDE HACER EL RETIRO DE CTS?

Tal y como se ha estado informando en los últimos días, el retiro de la CTS estará disponible desde este lunes 06 de junio en todo el país. Y es que desde la promulgación de la ley de retiro de CTS, ya pasaron 15 días para poder hacer la liberación del dinero.

El profesor y experto en finanzas, Jorge Carrillo Acosta, fue quien explicó las fechas de liberación de la CTS y todo lo que conlleva el retiro del dinero.

¿CÓMO SABER SI CUENTAS CON CTS?

Si eres trabajador dependiente y estás en planilla, lo que debes hacer es comunicarte con la entidad bancaria donde la empresa deposita tu remuneración y hacer la consulta. Esto lo puedes realizar a través de la página web del banco o por llamada telefónica.

Asimismo, para calcular tu dinero de CTS es, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en dos partes de 50 % cada una.

  • El primer depósito debe hacerse hasta el 15 de mayo y, de acuerdo con el , abarca periodos de trabajo de noviembre a abril.
  • El segundo desembolso tiene plazo el 15 de noviembre y comprende de mayo a octubre.

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