Las compañías deberán remitir, dentro de las 24 horas siguientes al registro, una copia del plan a todos los trabajadores. (Foto: AFP)
Las compañías deberán remitir, dentro de las 24 horas siguientes al registro, una copia del plan a todos los trabajadores. (Foto: AFP)
/ AHMAD AL-RUBAYE
Redacción EC

El ha delegado al Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas) la administración del “Plan para la vigilancia, prevención y control de en el trabajo” que presenten las en el marco del proceso de .

Diversas entidades del sector privado habían cuestionado al Gobierno la falta de claridad sobre el proceso de presentación de los planes de prevención, además de la falta de respuesta en algunas ocasiones.

MIRA: Confiep: hay 70.000 empresas que aún no han sido beneficiadas por Reactiva Perú

Según Resolución Ministerial N° 377-2020-MINSA, publicada este jueves en el Diario Oficial El Peruano, las empresas que hayan sido autorizadas para volver a operar en la fase 1 o 2 de la reactivación económica deberán registrar su plan en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud (Minsa).

La norma estipula que el plan deberá ser actualizado mensualmente, en la misma oportunidad en la que debe remitirse la Planilla Mensual (PLAME), conforme al último dígito del RUC.

Censopas verificará que las empresas hayan llenado por completo los campos obligatorios del registro, que los datos de contacto permitan una comunicación oficial y que la información vinculada con la seguridad y salud de trabajadores y prestadores de servicios sea auténtica.

La resolución también señala que las compañías deberán remitir, dentro de las 24 horas siguientes al registro, una copia del plan a todos los trabajadores. Por su parte, Censopas establecerá un mecanismo de acceso al plan para los trabajadores que lo soliciten.

Asimismo, el Centro Nacional de Salud Ocupacional dará a conocer cada 15 días calendario las empresas que cuenten con un plan registrado en el SICOVID-19, así como aquellas que cuenten con medida correctiva de suspensión o cancelación del registro tras un proceso de fiscalización.

Censopas establecerá una plataforma de información a través de una línea telefónica en el que se absolverán las consultas de empleadores y trabajadores respecto del plan. La medida se implementará en un plazo de 4 días hábiles de publicada la resolución publicada hoy.

TE PUEDE INTERESAR


Contenido sugerido

Contenido GEC