El pasado 5 de mayo, el Congreso de la República envió al archivo el proyecto de ley 6953-2020, que buscaba incrementar de 5% a 15% hacia el 2030 la participación de las energías renovables no convencionales o RER (solar y eólica, principalmente) en la matriz de generación eléctrica peruana.
Para Brendan Oviedo, presidente de la Sociedad Peruana de Energías Renovables (SPR), este adverso resultado fue ocasionado por la campaña de desinformación desarrollada por varios actores del mercado eléctrico, opuestos al ingreso de energías más competitivas, como la solar y eólica.
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“Desafortunadamente, hay mucha oposición a que las energías renovables tomen un rol predominante o, al menos, importante, en el sector eléctrico peruano”, señala.
El tema de fondo, indica, es que las RER son tan competitivas hoy en día que su despliegue en el mercado local, en igualdad de condiciones, quitará mercado a otras tecnologías de generación eléctrica.
Particularmente, a las centrales termoeléctricas a gas natural, que se verán restringidas a partir de julio de este año, cuando entré en vigor la nueva regulación de Osinergmin que las obliga a declarar sus costos de producción.
Un reciente reporte de la clasificadora Fitch estima, en efecto, que el precio de la energía en el mercado spot se incrementará 300% de forma automática desde julio, afectando a los compradores netos de electricidad, como el caso de muchas centrales termoeléctricas.
En este contexto, las RER y, particularmente, la energía solar, podrían desplazar a las centrales térmicas si se les permite competir de igual a igual, anota Oviedo.
““Una de las ventajas del proyecto de ley era que permitía incrementar de 5% a 15% la participación de las RER. Otra era que permitía que se calcule la potencia firme de la energía solar considerando las 24 horas del día, y así remunerándola adecuadamente por su contribución a la matriz, que es de 6 a.m. a 6 p.m. aproximadamente”, explica.
La mayor restricción que enfrenta la energía solar hoy en día es que solo cuenta con potencia firme entre las 5 pm y las 11 pm, es decir, cuando no existe radiación solar.
El proyecto de ley ampliaba ese beneficio a todos los bloques horarios, permitiendo, así, que las centrales solares puedan vender su producción, directamente, a los clientes libres sin necesidad de tener que acudir al mercado spot.
“Si se aprueba la potencia firma para la solar, podrá firmar contratos y participar en las licitaciones que organizan las empresas de distribución (para suministrar energía a los hogares) con los beneficios en reducción de tarifas que eso conlleva”, apunta Oviedo.
A entender de la Oviedo, el otorgamiento de potencia firma a la energía solar permitirá que las empresas que las desarrollan puedan financiar sus proyectos y trasladar los bajos costos de dicha tecnología a la tarifa eléctrica.
IMPACTO ECONÓMICO
De acuerdo a estimaciones de la SPR, existe una cartera por desarrollar de US$11 mil millones en proyectos RER, de los cuales US$8.700 millones corresponden a proyectos de energía solar y eólica, US$2 mil millones a geotermia y US$800 millones a mini-hidro (hidroeléctricas de menos de 20 MW).
“Estamos hablando de crear 80 mil puestos de trabajo directos e indirectos. No nos hemos puesto a pensar que la reactivación de la economía puede ser a través de la generación de energía RER”, agrega Oviedo.
El proyecto de ley 6953-2020 fue presentado a iniciativa del congresista del Partido Morado, Alberto de Belaúnde. Fue archivado por la Comisión de Energía y Minas del Congreso.
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