Acceder al negocio del crowdfunding, conocido también como financiamiento participativo, será posible para las entidades financieras comprendidas en la Ley General de Bancos. Así lo precisa el decreto de urgencia publicado el último jueves.
Para ello, tanto cajas como bancos y cooperativas de ahorro y crédito que busquen ingresar a ese rubro deben constituir una subsidiaria en el Perú y sujetarse a las disposiciones establecidas en el decreto de urgencia; y a la norma que será aplicable para estas firmas y elaborada por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).
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Ljubica Vodanovic, líder del área de Regulación de Mercados Financieros y FinTech de EY Law, resaltó esta medida como parte de un paquete para la diversificación de acceso al financiamiento que ahora se aplicará a microempresas, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
POTENCIAL DE NEGOCIO
Óscar Graham, director de Mercados Financieros y Previsionales del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), indicó que una de las razones para regular el crowdfunding y darle importancia fue la dinámica muy activa que tienen las empresas ‘fintech’ en el mercado peruano. “Lo que queremos es que exista un mínimo de verificación de la información de los que están solicitando un financiamiento participativo a través de las plataformas de crowdfunding”, agregó.
Para Renzo Reyes, director de StartUPC, tener un marco jurídico y regulatorio claro en este mercado posibilitaría el ingreso de inversionistas extranjeros a nuestro país y fomentaría este tipo de financiamiento.
¿QUÉ ES EL CROWDFUNDING?
Javier Salinas, director de Emprende UP, explicó que el crowdfunding funciona como un mecanismo colaborativo de financiamiento al que pueden acceder inversionistas de todas partes y quienes buscan fondos para proyectos.
Añadió que es relevante en los mercados por ser una forma alternativa para financiarse distinta a la tradicional, en la cual se distribuye el riesgo.