Sedapal podría ser sancionada por incumplir horario de racionamiento de agua
Sedapal podría ser sancionada por incumplir horario de racionamiento de agua

El Decreto Legislativo 1185 creó un régimen especial de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas a cargo de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento. De acuerdo con el artículo 4, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento () es competente para aprobar la tarifa del servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas.

Los ingresos provenientes de esta tarifa serán destinados a las empresas para que realicen un efectivo monitoreo del acuífero y obras de recarga, entre otras. Como se sabe el agua subterránea es la principal reserva de agua dulce y la sobreexplotación de ella genera pérdidas económicas y pone en riesgo la continuidad del abastecimiento poblacional.

Hace pocas semanas, la Sunass publicó las características de la tarifa mencionada para Lima Metropolitana y el 12 de setiembre se realizará la audiencia pública para discutirla. Estas tarifas la pagarán las industrias, los comercios, las empresas y los usuarios residenciales por explotar el acuífero del Rímac, al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima ().

Según la Sunass, Sedapal recibirá por el cobro de estas tarifas alrededor de S/855 millones en los próximos 5 años. Según el mismo estudio, se dedicará el 30% de estos ingresos para realizar inversiones de infraestructura o para financiar mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos vinculados al servicio. Estos suman alrededor de S/228 millones para ocho proyectos. Asimismo, para el servicio de monitoreo y gestión de aguas subterráneas se destinarán alrededor de S/200.000 anuales.

Llama la atención que Sedapal obtendría una utilidad neta de alrededor de S/40 millones cada año. ¿Por qué se daría esto? En todo caso, el estudio no lo aclara y surge la pregunta de por qué tenemos que pagar los usuarios ese monto. ¿Se debe pagar? Claro que sí, pero a cambio de un servicio adecuado de gestión y monitoreo del acuífero y ajustado al costo.

El objetivo de restringir la demanda de los acuíferos de la cuenca del Rímac es loable, pero ¿porque se debe pagar un precio diferente a los costos adecuados de monitoreo? ¿No sería acertado que una empresa auditora verifique que los costos incurridos por Sedapal sean los que realmente se observan en el estudio?

Además, ¿por qué se debe pagar esta tarifa a una entidad como Sedapal que también hace uso de las aguas subterráneas? ¿Se puede ser “juez y parte” en este tema? Peor aún si se sabe que Sedapal tiene pérdidas comerciales (por falta de medidores) y no comerciales (por fugas en las tuberías) que rondan el 30%. ¿No sería mejor mirar a la empresa como un todo y realizar un estudio tarifario único que integre el servicio de agua potable (aguas superficiales y subterráneas) y no por separado?

Esperamos que estas y otras preguntas sean absueltas por la empresa y el regulador en la audiencia pública de setiembre. Solo así sabremos si nuestros pagos van a buen destino en favor del abastecimiento de agua de nuestra ciudad.

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