"Ajústese los cinturones, Indecopi lo hará despegar" [OPINIÓN]
"Ajústese los cinturones, Indecopi lo hará despegar" [OPINIÓN]

se ha convertido en una vía accesible para quienes deseen reclamar contra cualquier proveedor de productos o servicios. Su existencia es necesaria, pues recurrir a la vía judicial para reclamar por servicios o productos no idóneos implicaría demasiados costos para un ciudadano común. Si no existiera Indecopi, los consumidores estaríamos indefensos frente a malos proveedores, quienes no enfrentarían consecuencias por la conducta infractora, no teniendo incentivos para rectificarla.

Pero ningún extremo es bueno. Indecopi sanciona cada vez más. ¿Eso quiere decir que han aumentado los malos proveedores? En materia aeronáutica, la Comisión de Protección al Consumidor Lima Norte (CLN) inicia cada vez más procedimientos sancionadores de oficio contra las aerolíneas, imponiendo multas que sobrepasan los S/.100.000. En este contexto es válido preguntarnos: ¿Indecopi está ejerciendo adecuadamente su potestad sancionadora?

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Es correcto sancionar cuando existe una infracción. El castigo desincentiva conductas indeseadas. La coerción tiene como fin lograr un cambio positivo en el proveedor. Pero es nocivo que se sancionen conductas que no califican como infracción o se impongan sanciones arbitrarias o desproporcionadas.

La CLN ha iniciado de oficio diversos procedimientos contra las aerolíneas por retraso, reprogramación o cancelación de vuelos. Su posición es que, en cualquier supuesto, los vuelos deben partir o llegar exactamente en el horario programado. La aerolínea solo podrá eximirse de sanción si acredita caso fortuito, fuerza mayor o hecho de terceros. 
Suena completamente razonable. Pero esta perspectiva no considera la realidad de la industria aeronáutica.

La industria aeronáutica no está 100% desarrollada. Así, a pesar de que una aerolínea cumpla con realizar todos sus servicios de mantenimiento regulares con altos estándares de calidad, conforme a los requerimientos técnicos internacionales y de la (DGAC), no es posible evitar que las aeronaves tengan algún retraso en sus vuelos, por factores climáticos o fallas técnicas imprevistas.

Lamentablemente, considerando las limitaciones técnicas de la industria, notaremos que el sistema de detección y reparación de fallas no sea lo suficientemente veloz como para evitar los retrasos, reprogramaciones o cancelaciones. 

El transporte aeronáutico tiene riesgos que deben ser mitigados inmediatamente, pues un error podría causar daños irreparables a la vida e integridad de los pasajeros. Si existe posibilidad de falla, aunque sea remota, la aeronave no puede ni debe volar, pues lo primordial es la seguridad de los pasajeros.

Por eso no existe aerolínea que tenga 100% de puntualidad. El estado de la técnica no lo permite, situación que ya ha sido reconocida por la DGAC. Exigir que las aerolíneas no retrasen o cancelen ninguno de sus vuelos impone una carga imposible de cumplir. Significa sancionar a los operadores por circunstancias fuera de su control, culparlos por el estado de la industria o por proteger la vida de sus pasajeros y su tripulación.

Pareciera que Indecopi no entiende esto, pues exige que en cualquier caso la aeronave salga o llegue en el horario programado. Para Indecopi es preferible que los pasajeros lleguen a tiempo a que lleguen seguros. Esta entidad no solo desconoce los sustentos de las aerolíneas, sino también los informes técnicos de la DGAC. Es decir, Indecopi cree tener más conocimientos técnicos aeronáuticos que la propia autoridad del sector.

Las autoridades deben ser conscientes de que una actuación arbitraria afecta el ingreso y permanencia en el mercado de los operadores. Al final de todo, quien más pierde es el consumidor: de ser protegido por Indecopi pasará a ser su ‘víctima’, pues se encarecerá el precio de los pasajes, saldrán aerolíneas del mercado, se desincentivará el ingreso de nuevos operadores y se reducirá la competencia. 

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