Produce elevó en 30% cuota industrial del jurel y redujo la de caballa
Produce elevó en 30% cuota industrial del jurel y redujo la de caballa

El (Produce) autorizó la pesca de las especies bonito, agujilla y jurel fino, las mismas que  podrán ser capturadas por embarcaciones artesanales, de menor escala e industriales para consumo humano directo exclusivo.

La medida fue adoptada tras revisar el informe del (Imarpe) en la que se evidenciaba un incremento en la disponibilidad y accesibilidad de algunas especies oceánicas que podrían ser aprovechadas para la actividad extractiva, ante los cambios en la dinámica del mar peruano asociados a las condiciones cálidas, reportadas desde abril del 2014. 

Sigue a Portafolio también en 

Así, mediante la Resolución Ministerial N°009-2015-PRODUCE (publicada en el Diario Oficial El Peruano) se dispuso la extracción del recurso marino bajo un régimen de pesca exploratoria temporal, es decir, solo hasta que las condiciones ambientales se normalicen.

Además, las naves que participen en la pesca exploratoria deberán hacerlo fuera de las 30 millas marinas de la línea de costa, así como fuera de las zonas prohibidas y de reserva y no deberán extraer el recurso merluza y su fauna acompañante. 

Asimismo, estas embarcaciones deberán contar con sistemas de preservación en estado operativo y cumplir con las medidas sanitarias aplicables a las actividades pesqueras de consumo humano directo, conforme a las disposiciones legales vigentes.

Para el monitoreo, trabajo de investigación y recopilación de datos, las flotas de mayor escala deberá ofrecer facilidades para que un observador del Imarpe o personal de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización aborden sus embarcaciones.

Aquellos que incumplan con la resolución ministerial serán sancionados conforme a la Ley General de Pesca y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (Rispac).

LEE TAMBIÉN...

Contenido sugerido

Contenido GEC