Alrededor de las 9:30 de la noche del miércoles 3 de abril, luego de varios idas y vueltas, el Pleno del Congreso aprobó establecer de manera permanente el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Reja), el cual permitirá a personas entre 50 y 55 años (dependiendo del género) jubilarse, pero cumpliendo con ciertos requisitos.
Estaba en debate la ampliación de este sistema hasta el 2021 o su extensión de manera permanente, opción que finalmente fue elegida por el Parlamento con 48 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones. El proyecto fue exonerado de segunda votación.
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El nuevo REJA contempla, en primer lugar, que el solicitante tenga como edad mínima 50 años cumplidos en el caso de mujeres y 55 años para los hombres.
Asimismo, las personas que opten por este sistema deberán demostrar, necesariamente, que se encuentren desempleados durante 12 meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta.
En caso que, durante el periodo antes mencionado, el afiliado que hubiese percibido ingresos de cuarta categoría, el valor total de dichos ingresos debe ser menor o igual al valor equivalente a 7 Unidades Impositivas Tributarias (S/29.400), debiendo presentar un documento de Sunat que lo sustente.
Este último este requisito no se contemplaba en el anterior REJA, el cual quedó desactivado el pasado 31 de diciembre de 2018 por una observación del Ejecutivo.
JUBILACIÓN ANTICIPADA ORDINARIA
La ley aprobada también abarca la jubilación anticipada ordinaria (JAO), cuyo ingreso tendrá requisitos de ingreso serán más complicados para los aplicantes.
Los afiliados podrán aplicar al JAO siempre que obtengan una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.
Para el cálculo de la pensión antes señalada, no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% del fondo individual de cada afiliado de aportes obligatorios (la Cuenta Individual de Capitalización). Los aportes deberán tener una permanencia de al menos 9 meses en esta cuenta.
Caso hipotético: si el fondo de un afiliado es de S/100.000, un aporte de S/21.000 (21%) no será tomado en cuenta para llegar al requisito mínimo de monto del fondo. En caso de aportar voluntariamente S/20.000, este dinero deberá estar al menos 9 meses en la cuenta del afiliado para que se cuente como válido para aplicar al JAO.
Se precisa que el JAO da derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los 3 años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años.
EVALUACIÓN DE TODO EL SISTEMA DE PENSIONES
El dictamen aprobado también exige la creación de un consejo para evaluar la situación actual de los sistemas de pensiones públicos y privados en un plazo de 180 días naturales. El consejo tiene dos objetivos principales:
1. Realizar una evaluación de las condiciones de acceso, los costos y beneficios de los regímenes de jubilación anticipada actualmente vigentes en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Esto incluirá la identificación de todos los actores y grupos de interés que directa o indirectamente podrían ser beneficiarios o perjudicados con tales regímenes.
2. Evaluar integralmente las condiciones principales del sistema de pensiones público y privado, incluyendo aspectos tales como la sostenibilidad fiscal, la suficiencia de las pensiones (pensión mínima), la evolución demográfica y la cobertura universal de la población y emitir recomendaciones concretas sobre estos aspectos.
El Consejo está conformada por un representante de las siguientes entidades, con rango mínimo de director nacional o su equivalente: Ministerio de Economía y Finanzas; la SBS; el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y la ONP.
POSTURAS A FAVOR Y EN CONTRA
De acuerdo a Noelia Bernal, profesora e investigadora de la Facultad de Economía y Finanzas de la Universidad del Pacífico, "el REJA siempre ha sido más político que técnico", y no lo considera un régimen necesario o viable, sino más bien riesgoso.
"Nació en el 2000 como una medida política ante la crisis económica que vivimos por esos años. Se permitió así cubrir un riesgo que no forma parte de un sistema de pensiones: el desempleo. Para eso hay otros mecanismos que se pueden estudiar: CTS, seguro de desempleo, etc). No es bueno utilizar los recursos de la jubilación", explica.
Respecto a los requisitos aprobados para el REJA, la Asociación de exaportantes a las AFP, junto con congresistas de Frente Amplio, rechazaron la intención del Congreso de aprobar una ley que "pone candados a los trabajadores" para acceder a sus aportes cuando necesiten cubrir gastos de salud u otros.
"Estos recursos son para cuando las personas somos ancianas y ya no podemos valernos por nosotros mismos. El REJA ha distorsionado todo nuestro esquema de protección social. La visión de corto plazo de la política y el riesgo moral de algunos individuos (por ejemplo, individuos mienten y dicen estar desempleados o se presten dinero para cumplir los requisitos) ha hecho que la existencia de este régimen sea perjudicial para la sostenibilidad del sistema y del país", concluye Bernal.
A su turno, Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP (AAFP), señaló que su gremio se ratifica en que "las medidas 'parches' solo distorsionan las herramientas para construir un ahorro para la jubilación".
"El Perú requiere una revisión de carácter integral al esquema de seguridad social para que todos los peruanos tengamos acceso a una cobertura de salud y pensiones de calidad", subrayó Prialé.