Un tribunal arbitral declaró ineficaz la resolución del contrato efectuada por el Consorcio Vial Huayllay, estableciendo que Provías Nacional (PVN) no incurrió en incumplimientos fundamentales.
El consorcio había resuelto el contrato para la obra “Mejoramiento, Rehabilitación y Conservación por Niveles de Servicio del Corredor Vial–Lima–Canta–Huayllay–DV Cochamarca–Emp. PE-3N”, cuyo presupuesto ascendió a S/ 502 millones.
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El fuero falló a favor del pedido que realizó la procuraduría del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), y desestimó las pretensiones del consorcio conformado por las empresas Constructora Aterpa M. Martins S.A. Sucursal del Perú, Conalvías Construcciones S.A.S. – Sucursal Perú y Johe S.A.
El tribunal declaró que no corresponde reconocer ningún concepto económico a favor del contratista, ni devolver la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
También declaró la resolución del contrato por causal imputable al consorcio por haber abandonado la obra; es decir, por dejar de ejecutar toda labor en el proyecto.