Entre las medidas aprobadas se encuentra la regulación de los tipos penales de contrabando.
Entre las medidas aprobadas se encuentra la regulación de los tipos penales de contrabando.
Lorely Requejo

El Poder Ejecutivo publicó hoy el Decreto Legislativo 1542 mediante el cual modificaron la Ley de Delitos Aduaneros (LDA) con el fin de actualizar su normativa para la represión de los ilícitos aduaneros.

“Estamos identificando claramente las conductas ilícitas que se reprimen y determinando los montos mínimos sobre los cuales se va a judicializar los procesos, así como flexibilizando las disposiciones sobre almacenamiento de mercancías incautadas. Todo esto permitirá facilitar el accionar y la intervención de las autoridades públicas. Hay más de 20 años que tiene de vigencia la norma y debía actualizarse”, refirió el ministro de Economía y Finanzas, Oscar Graham.

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Entre las medidas aprobadas se encuentran la regulación de los tipos penales de contrabando y defraudación de rentas de aduanas de manera independiente; establecer un monto mínimo de perjuicio fiscal para que un hecho sea considerado como delito de defraudación de rentas; establecer nuevos mecanismos de terminación anticipada y recompensa para que sean más efectivos y ágiles; agilizar el proceso de disposición anticipada de mercancías; y determinar que las sanciones inejecutables puedan ser sustituidas por multas.

Klever Espinoza, socio gerente en Kerz, opinó que se ha enunciado específicamente una serie de supuestos para considerar la existencia de delitos aduaneros, por lo que, comentó, “es una modificación que da agilidad a la aplicación de la justicia penal en delitos aduaneros”.

No obstante, el especialista resaltó que está pendiente la emisión de la norma que adecúe el reglamento de esta ley al que está hoy vigente.

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