El gasto mundial en exploración y producción se desplomó en más de una quinta parte en 2016. (Foto: Reuters)
El gasto mundial en exploración y producción se desplomó en más de una quinta parte en 2016. (Foto: Reuters)
Redacción EC

(Informe de El Comercio-IPE) 
El último viernes se actualizó la banda de precios de los productos comprendidos en el s (FEPC).

Este fondo es uno de los pocos mecanismos de intervención de precios del Estado que, si bien fue concebido con la intención de moderar la volatilidad de la inflación, crea riesgos de desplazamiento del gasto público productivo, problemas de focalización, y posibilidades de debilitar la sostenibilidad fiscal. Para enfrentar estos riesgos, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha implementado cambios en la estructura.

POR CORREGIR

Si bien en el papel el FEPC debería ser autosostenible en el tiempo, la evidencia muestra que este mecanismo tiene un importante costo fiscal. Al respecto, la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) indica que el fondo mantiene una deuda de más de S/800 millones con los productores e importadores de hidrocarburos al cierre del primer semestre del año.

Según el MEF, el costo de los programas de estabilización a nivel mundial ascendió a 2,3% del PBI global en 2015. Sin embargo, se aprecian importantes diferencias según niveles de ingresos.

Por un lado, los países desarrollados sólo destinaron 1,4% de su PBI a estos programas, mientras que los países en desarrollo asignaron 1,9%, y el promedio para los países de Latinoamérica y el Caribe asciende a 2,3% de su PBI. Más aún, entre los países productores y/o exportadores, el costo asciende a 7,9% de su PBI. En el caso peruano, el costo resulta significativamente más bajo (0,2% del PBI promedio anual en 2004-2018), pero aún relevante.

En la medida de que el gasto público tiene un alto costo de oportunidad, el costo fiscal que implica el FEPC impide el uso de estos fondos en otras actividades de mayor rentabilidad social como educación, salud, infraestructura o innovación.

Al respecto, por ejemplo, Ecuador gasta aproximadamente lo mismo en su programa de estabilización que en salud pública. En el Perú, el costo fiscal acumulado del FEPC desde su creación en 2004 a junio de 2018 asciende a S/8,905 millones. Dicho monto resulta 1.6 veces el presupuesto público acumulado en el mismo período destinado a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (S/5,539 millones), 2.4 veces el del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (S/3,694 millones) y 6.7 veces el del Instituto Nacional de Innovación Agraria (S/1,329 millones).

Los programas de estabilización, por otro lado, tienen un severo problema de focalización, por el cual los hogares de los quintiles más ricos de ingresos son los más beneficiados. Al respecto, según estudios del Fondo Monetario Internacional, los dos quintiles más ricos absorben entre el 65% y el 80% de los beneficios generados. Esta distribución resulta similar en el Perú. Usando información de la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho), el MEF encontró que los hogares de los dos quintiles más ricos concentran entre el 55% y el 65% de los beneficios generados por el FEPC.

CAMBIOS

Los esfuerzos para optimizar la operatividad del FEPC pueden agruparse en dos. El primer grupo está conformado por los Decretos de Urgencia (DU) N°027-2010, 057-2011 y 005-2012 que regulan los productos afectos al FEPC.

Estos decretos buscaban focalizar los beneficios del FEPC en la población más vulnerable. Así, se excluyeron los combustibles más utilizados por los segmentos de la población con mayores ingresos como las gasolinas de 97 y 95 octanos.

Según el último Marco Macroeconómico Multianual (MMM), estos decretos redujeron la cobertura del fondo del 98% del total de ventas de combustibles en el 2005 a 41% en el 2018. Ello redujo el costo fiscal hasta en S/2,000 millones cada año.

El segundo grupo de medidas está vinculado a la banda de precios. En el 2010, se aprobó el DU N°027-2010, el cual establece que la actualización de las bandas de todos los productos se realizará de manera simultánea y obligatoriamente cada dos meses siempre que el precio externo esté fuera del rango vigente.

Además, la actualización será equivalente a un 5% para todos los productos del FEPC, excepto para el GLP que será de 1.5%. No obstante, según el MEF, la actualización bimestral resulta insuficiente dada las características de los choques que experimenta el precio del petróleo. Por ello, en el 2018, se aprobó el Decreto Legislativo N° 1379 que permite al Ejecutivo modificar los parámetros de actualización mediante Decreto Supremo.

Según el MMM, esta medida permitiría un ahorro fiscal de S/100 millones en un escenario con precio de petróleo de 50 US$/bl aproximadamente.

En caso el precio fluctuara alrededor de 100 US$/bl, el ahorro aumentaría significativamente hasta S/1,200 millones.

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