La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó la semana pasada el dictamen que plantea extender el límite de edad para el cese del trabajador, el mismo que sucede obligatoriamente a los 70 años. No obstante, la iniciativa propone -bajo ciertas indicaciones- ampliar dicho límite hasta los 75 años.
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La medida, que fue aprobada con 11 votos a favor, busca brindar protección dentro de la legislación laboral a aquellos adultos mayores que decidan continuar laborando.
“Nos encontramos ante normas que al disponer que la relación laboral se puede extinguir unilateralmente a decisión del empleador, anulan por completo el derecho fundamental al trabajo y afectan a la dignidad del trabajador y su familia por no poder conseguir mayores ingresos”, señaló la presidenta de la comisión de Trabajo, Sigrid Bazán, quien estimó que a la fecha existen en el mercado laboral 93 mil personas con empleo y próximos a cumplir los 70 años de edad.
La congresista también indicó que la medida no modifica la edad vigente de jubilación, la cual hoy es desde los 65 años. “Lo que se plantea es que aquellos que decidan de manera voluntaria mantenerse en el mercado laboral, puedan hacerlo más allá de los 70 años”, aseveró.
Cómo funcionaría
Es así que el dictamen plantea modificaciones al Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa; del Decreto Legislativo 728, de la Actividad Privada y la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.
Para el caso del régimen de la actividad privada, la modificación considera que “excepcionalmente, la jubilación obligatoria y automática puede extenderse hasta los setenta y cinco años de edad siempre que la necesidad del servicio lo justifique y que una evaluación médica especializada multidisciplinaria certifique que el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales para el desempeño de sus funciones”.
La medida precisa que en caso no exista la necesidad del servicio, la oficina de recursos humanos de la entidad empleadora debe emitir un informe debidamente sustentado en criterios objetivos. “Si el empleador rechaza la solicitud del trabajador -a continuar laborando hasta los 75 años- sin este informe, el rechazo se presume como despido nulo”, precisa la norma.
Es importante indicar que la medida se encuentra hoy a la espera de ser debatida en el Pleno. De ser aprobada, deberá ser enviada al Ejecutivo para su aprobación u observación.
Comentarios
El Ministerio de Trabajo ha considerado la propuesta como viable, toda vez que existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia:
“El Tribunal Constitucional se ha pronunciado señalando que solo el hecho de llegar a una edad determinada no disminuye necesariamente las aptitudes físicas y mentales para ejercer una determinada labor. Asimismo, en otro caso, el Tribunal ha desarrollado que el trabajador adquiere el derecho a la jubilación cuando reúne los requisitos legales para su disfrute, y lo pone en ejecución cuando él libremente lo decida, como un criterio potestativo, estableciendo una postura contraria a la denominada ‘jubilación guillotina’”
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