¿Es Hamburgo realmente la cuna de la hamburguesa? - 1
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María Rosa Villalobos

El congresista de Acción Popular Yonhy Lescano, presentó el 23 de junio el Proyecto de Ley (PL) que modifica el reglamento de la (N°30021).

El artículo 4 del reglamento de la norma indica que los parámetros técnicos sobre los alimentos procesados entrarán en vigencia a partir de la aprobación del Manual de Advertencias Publicitarias que preparará el Ministerio de Salud (Minsa). De acuerdo con el proyecto de Lescano, los parámetros  serán aplicados a partir de los 18 meses luego de la aprobación del manual.

Para el abogado especialista en la industria alimentaria, Fernando Raventós, esta iniciativa establece que los parámetros técnicos ya no estarán basados en el conjunto de recomendaciones emitidas por la OMS/OPS sino en el cuadro de porcentajes y plazos que contiene su proyecto de ley.

Parámetros Lescano
Parámetros Lescano
Parámetros ley
Parámetros ley

"En términos prácticos convierte en ley los parámetros del reglamento y le reduce el plazo, de 39 meses a 18 meses. Esto salva a la ministra de Salud al legitimar por ley sus parámetros y derogar la recomendación de la OMS/OPS. Sin duda es un proyecto de ley a favor del Gobierno", asegura. Alejandro Daly, gerente del Comité de Alimentos de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), por su lado, indicó que los cambios propuestos por la Ley de Alimentación saludable requieren de un tiempo prudencial de adecuación por parte de la industria. "Me parece que no es adecuado acortar los plazos como lo propone el congresista Lescano [...] Además, los reglamentos no se modifican con una ley si no con normas de la misma jerarquía", sostuvo.

Por otro lado, el PL del congresista propone modificar el artículo 2 de la ley, ampliando la aplicación de la misma a los proveedores de la denominada “comida chatarra” o “comida rápida” y sus anunciantes. Estarían excluidos los alimentos y las bebidas no alcohólicas en estado natural, no sometidas a procesos de industrialización, con excepción de la “comida chatarra” o “comida rápida”.

Al respecto, Raventós aseguró que introducir conceptos tan imprecisos y arbitrarios como "comida rápida" o "comida chatarra" sólo contribuyen a enredar y desprestigiar los esfuerzos en favor de la alimentación saludable. "La ley original se refiere sólo a los alimentos procesados que representan el 10% del total de alimentos consumidos por los peruanos. Estamos dejando al mundo de los restaurantes de lado", agregó Daly. En ese sentido, insistió en que es necesaria la realización de un estudio del perfil nutricional local para identificar cuáles son los excesos y deficiencias de la dieta de los peruanos.

Además, el proyecto también propone que todo alimento o bebida no alcohólica que contenga sodio, azúcar y grasas saturadas pero que no supere los parámetros técnicos, consigne de forma visible y legible la frase “Contiene (sodio, azúcar, grasas saturadas): Exceso produce enfermedades crónicas”, según sea el caso.

Para Daly esta última propuesta es un exceso. "Tengamos cuidado porque estamos pasando a advertencias exageradas. No me parece adecuado", aseguró. 

EL MINSA
En un comunicado, el Minsa resaltó que el Manual de Advertencias Publicitarias, que deberá ser aprobado en octubre, obligará a que los alimentos procesados se adecúen a los parámetros o muestren advertencias. Las advertencias deberán mostrarse desde abril del 2018 -a los 6 meses de aprobado el manual-. De esta manera se usará un mismo estándar para el rotulado y otras características en la publicidad gráfica y audiovisual de alimentos procesados que así lo requieran.

Asimismo, el ministerio resaltó que el reglamento de la Ley 30021 sí se basa en recomendaciones de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), las cuales se han ido modificando con el tiempo y son referenciales para que los países las adecúen a sus contextos nacionales.

Con respecto a las últimas recomendaciones del organismo internacional brindadas en el 2016, el Minsa asegura que hasta la fecha ningún país las ha implementado. "El Perú, luego de evaluar diversas experiencias internacionales sobre este tema, identifica que el modelo chileno muestra evidencias de cambios positivos en los consumidores y sus tendencias. Este modelo se ha desarrollado en base a un análisis del contenido nutricional de alimentos en estado natural", se lee en el documento.

Por otro lado, el ministerio asegura que mientras que en Chile la implementación de la norma se dará en tres fases (12, 36 y 48 meses desde su publicación), en nuestro país serán sólo dos (6 y 39 meses de aprobado el Manual de Advertencias). Además, la institución aseguró que el reglamento contempla, una vez iniciada su implementación, la modificación de los tiempos y parámetros, tomando como base la evidencia científica e información relacionada a alimentación saludable en la población peruana.

MÁS DATOS
► De acuerdo con el Minsa, un estudio de 600 alimentos procesados de consumo frecuente en el Perú clasificaría con advertencias "Alto en azúcar " al 63% de galletas dulces, y a más del 50% de cereales, bebidas lácteas, yogures y gaseosas y jugos azucaradas.

► Asimismo clasificaría de "Alto en grasas saturadas" al 71% de galletas dulces y al 63% de snacks salados.

► El 55% de los condimentos tendrían la advertencia "Alto en sodio".

► El Minsa ha decidido conformar, a través de Resolución Ministerial, un grupo de expertos nacionales y extranjeros para acompañar el proceso de implementación del reglamento y la gestión del Observatorio de Nutrición, así como para discutir los ajustes que se requieren para la segunda fase de la implementación del reglamento.

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