El sábado 19 de marzo se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1531, que modifica la Ley N°26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs, en el marco de las facultades otorgadas por la Ley N°31380.
De acuerdo a Dario Bregante, gerente senior de Regulación Financiera y FinTech de EY Law, estos son los aspectos a destacar de la nueva norma:
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- Implementación del Pilar I de Capital de Basilea 3 en Perú: Se modifican las disposiciones aplicables al Patrimonio Efectivo para adecuarlas a los requerimientos de los Acuerdos de Basilea III.
- Se crea la empresa de créditos: Esta se especializa en otorgar financiamiento en diversas modalidades, con recursos de su propio capital y de otras fuentes que no incluyan depósitos del público.
- Flexibilización de enfoque de supervisión de la SBS: Se flexibiliza la supervisión de la SBS sobre las entidades financieras no autorizadas a captar depósitos del público, en base a un enfoque simplificado y proporcional al riesgo.
- Servicios financieros 100% digitales: Se reconoce que las empresas supervisadas por la SBS pueden realizar todas las operaciones para las que se encuentren autorizadas de manera digital.
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