Tras la publicación de la Ley N° 31171 que autoriza el retiro de los fondos acumulados a través de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y considerando que en mayo corresponde el primer pago del año para los trabajadores, existen ciertas interrogantes importantes de resolver.
A continuación, conozca la respuesta a todos los escenarios que se presentan a partir de la promulgación de la norma dada por el Congreso de la República.
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¿Hasta cuándo puedo retirar la totalidad de la CTS?
Se ha autorizado, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, a los trabajadores a disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
¿Desde cuándo puedo realizar el retiro y cómo hacerlo? ¿Es posible efectuar el retiro por partes?
“La Ley 31171 no ha precisado el procedimiento de retiro; sin embargo, la propia ley ha señalado que el Poder Ejecutivo dictará las medidas reglamentarias necesarias en el plazo máximo de 10 días calendario”, comenta Cristina Oviedo, socia del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez.
¿Qué sucede si el trabajador suscribió un acuerdo de reducción de remuneraciones?
Para el depósito de la CTS se toma en cuenta como base de cálculo la remuneración vigente en abril de 2021, sea reducida o incrementada. Por lo tanto, si el trabajador tiene una remuneración regular de S/ 2,000.00, pero en abril su remuneración se vio reducida a S/ 1,000.00, en virtud de un acuerdo escrito, entonces el empleador utilizará este último sueldo para calcular la CTS.
“La reducción del salario es válida siempre que exista un acuerdo escrito entre el trabajador y la empresa”, señala laboralista del estudio Payet.
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¿Qué sucede en el caso de los trabajadores cesados?
Si el trabajador laboró más de un mes tendrá derecho a la CTS, independientemente de si el vínculo laboral está vigente al 30 de abril. En este caso, la CTS debió formar parte de la liquidación de beneficios sociales del trabajador cesado.
En el caso de los que están en suspensión perfecta, se considerará solo los días de labor efectiva para el cálculo de la CTS.
¿Cómo se compone el monto que pagarán en mayo las empresas por concepto de CTS?
“Percibirán el depósito de la CTS los trabajadores que forman parte de la gran y mediana empresa. Dicho depósito será equivalente al 50% de la suma del sueldo y la sexta parte de la gratificación por Navidad 2020, siempre que hayan trabajado durante el semestre completo (noviembre 2020 – abril 2021); caso contrario, recibirá por cada mes trabajado un doceavo de la suma del sueldo y la sexta parte de la gratificación por Navidad 2020, y un treintavo del doceavo de dicha suma por cada día completo de servicios”, comenta Oviedo
¿Qué debo hacer si mi empleador no ha regularizado mi pago de CTS?
El trabajador puede plantear una denuncia en la Sunafil con la finalidad de que la autoridad inspectiva trabajo fiscalice el cumplimiento de la obligación del empleador de realizar el depósito de la CTS. “No depositar íntegra u oportunamente la CTS representa la comisión de una infracción grave en materia de relaciones laborales que podrá ser sancionada con una multa que oscila entre 1.57 UIY y 26.12 UIT”, señaló Oviedo
Asimismo, el trabajador también tiene expedita la vía judicial para reclamar el cumplimiento de dicho beneficio legal. Es importante tener en cuenta que ante la falta de depósito de la CTS en el plazo legal respectivo o ante el pago parcial del beneficio se generan automáticamente los intereses que hubieran generado los depósitos de haberse efectuado oportunamente, los cuales se calculan de acuerdo con la tasa aplicable en la entidad financiera correspondiente; además del deber de asumir la diferencia respectiva si el depósito de la CTS es realizado en moneda extranjera a solicitud del trabajador.
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¿Qué trabajadores tienen derecho al pago de la CTS?
Tienen derecho al pago todo aquel trabajador que haya laborado como mínimo 4 horas diarias entre noviembre y abril; y que tenga como mínimo 1 mes completo de servicios. Por ello, los trabajadores con un contrato a tiempo parcial no tienen derecho al pago de la CTS.
Tampoco tienen derecho a la CTS los trabajadores de las microempresas debidamente inscritas en el REMYPE.
¿El empleador se encuentra obligado a entregar al trabajador alguna constancia del depósito de la CTS?
Sí. De acuerdo con la norma, el empleador debe entregar a cada trabajador, dentro de los 5 días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación del beneficio depositado.
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