La multa por incumplir estas reglas puede ascender a 45 UIT. (Foto: EFE)
La multa por incumplir estas reglas puede ascender a 45 UIT. (Foto: EFE)
Redacción EC

Según la , en el 2017, el Perú alcanzó 93.780 , representando un 0,29% de la población peruana.

Para este año, el número se incrementó ampliamente ya que al tercer trimestre del 2018, solo la cifra de en el país aumentó a más de 400.000 personas. De ellos, nueve de cada 10 son profesionales.

Uno de los principales factores que impulsa el crecimiento del número de inmigrantes residentes en nuestro país es el laboral.

De acuerdo al , los trabajadores extranjeros en el Perú simbolizan el 0,5% del total de inscritos en la .

El ministerio recordó que el 13 de octubre entraron en vigencia las nuevas reglas generales para la contratación de trabajadores extranjeros. Esta normativa simplifica los requisitos para la aprobación del contrato laboral. Por ejemplo, elimina el tiempo para su aprobación y la solicitud de diversos documentos.

RESTRICCIONES

Según Carina Dávila, gerente legal de BDO en Perú, si bien la normativa sobre trabajadores extranjeros amplía la oferta profesional para las empresas, “existen restricciones para elegir a los nuevos miembros de su equipo”.

La primera restricción está relacionada al número. Según la normativa peruana, los extranjeros no podrán exceder el 20% del total de trabajadores. Organizaciones del sector retail y restaurantes deberán tomar en consideración esta condición, pues su alto nivel de rotación de personal los hace susceptibles a contratar más personal de lo permitido.

Con respecto a la remuneración, la especialista precisa que el total del personal extranjero contratado no deberá recibir más del 30% de la nómina de la empresa en general.

Según Dávila, esta restricción debe ser especialmente tenida en cuenta por aquellas organizaciones que se encuentren en la búsqueda de personal para ocupar cargos directivos, pues son estos puestos quienes generan la mayor carga presupuestal a nivel individual.

EXCEPCIONES

Existen principalmente dos casos que pueden ser tomados en cuenta por las empresas al momento de contratar personal extranjero, y que se encuentran exceptuados de las restricciones.

El primero ocurre cuando el personal contratado es profesional o técnico especializado. Mientras que el segundo corresponde al personal extranjero, quien se podría desempeñar en una posición de dirección o gerencial de una nueva actividad empresarial, o en caso de reconvención.

SANCIONES

Finalmente, Dávila mencionó que la autoridad laboral puede imponer sanciones administrativas al empleador, en caso estas restricciones no sean tomadas en consideración.

La penalidad podría oscilar entre las 2,25 y 45 UIT, según el nivel de gravedad de la falta. Es decir, entre S/ 9.337,5 y S/ 186.750, al valor actual de la Unidad Impositiva Tributaria.

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