(Foto: El Comercio)
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Redacción EC

Si eres que emite recibos por honorarios electrónicos (renta de cuarta categoría) o trabajador dependiente en planilla (quinta categoría), ahora podrás solicitar a la  la deducción adicional de hasta 3 UIT en el pago del .

Según información oficial de la Sunat, esta devolución de impuestos de hasta S/12.150 en el cálculo del IR correspondiente al ejercicio anual del 2017 solo aplicará si en el 2017 los ingresos del trabajador superaron las 7 UIT (S/28.350).

De hecho, este trámite antes lo realizaban solo los trabajadores con renta de cuarta categoría, siendo esta la primera vez en que se podrá aplicar a los trabajadores de quinta categoría.

Desde este lunes 19 de febrero iniciará el trámite online para solicitar la devolución de impuestos en la plataforma de la Sunat.

EL TRÁMITE A SEGUIR

Primero, deberá ingresar a la “” a través de Sunat Virtual

Además de la clave SOL, necesitará su RUC, usuario y contraseña, o su DNI y contraseña para acceder a la plataforma.

En la primera pantalla al ingresar, deberá hacer clic a "Deducciones Adicional 3 UIT" y luego escoger el tipo de gasto al que sustentará su devolución de impuestos. 

Un dato importante es que la plataforma de la Sunat ya debe tener cargado las rentas y gastos aplicables para deducción de la persona; en caso contrario, el trabajador deberá completarlo manualmente. Estos se dividen en cinco rubros:

Alquiler de inmuebles. La deducción será de el 30% del pago de alquiler.

Intereses hipotecarios. La deducción es de 100% en los intereses de un crédito hipotecario tomado en la compra de una primera vivienda.

Servicios profesionales. Los honorarios profesionales de médicos y odontólogos por servicios de renta de cuarta categoría. Se deducirá el 30% del pago de estos servicios.

Essalud. La deducción de las aportaciones a EsSalud por la contratación de un trabajador del hogar será de 100%.

Recibos por honorarios. El pago de servicios de profesiones y oficios correspondientes a rentas de cuarta categoría (recibos por honorarios). Se deducirá el 30% del pago realizado. El MEF publicó la lista de trece profesiones que podrán aplicar a esta deducción. Estos son: abogados, analistas de sistemas y computación, arquitectos, enfermeros, entrenadores deportivos, fotógrafos y operadores de cámara, cine y TV, ingenieros, intérpretes y traductores, nutricionistas, obstetras, psicólogos, tecnólogos médicos y veterinarios.

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