Al menos 39 candidatos al Congreso fueron excluidos del proceso electoral por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro. Ellos pueden apelar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) como última instancia. Al cierre de esta edición, la última resolución publicada fue la del candidato Eduardo Manuel Escorza Hoyle, de Perú Nación, excluido por no consignar en su hoja de vida la posesión de un inmueble y un vehículo.
Luis Carrasco, presidente del JEE de Lima Centro, explicó a El Comercio que las exclusiones se dan por omisiones de los candidatos en sus hojas de vida referentes a información sobre ingresos, inmuebles, bienes muebles u obligaciones contractuales. Estos aspectos no declarados pueden dar lugar a la exclusión.
“Faltan otros casos de exclusión. Estamos a la espera de informes de las cortes sobre las sentencias que se han emitido. La idea es que el 27 de diciembre se debe terminar todo. Tenemos entre 150 y 200 casos de exclusión por revisar y publicar”, dijo Carrasco a este Diario.
De acuerdo con los datos publicados en el portal del JNE, la mayoría de exclusiones se han dado porque los candidatos omitieron información sobre sus inmuebles y vehículos. Armando Massé Fernández, candidato de Somos Perú, además de omitir información sobre un inmueble y dos vehículos, dio información falsa sobre la titularidad de otro vehículo, según el colegiado. Jorge Carlos Rodríguez Peralta, candidato por Renacimiento Unido Nacional, tiene una sentencia firme por incumplir obligaciones alimentarias, según el JNE.
—Segundo paso—
Jorge Jáuregui, experto en derecho electoral, explicó que el candidato excluido tiene la posibilidad de acudir al JNE. “Toda resolución, pronunciamiento del JEE, pasa por una revisión final y definitiva del JNE”, dijo a El Comercio.
“Lo resuelto por el JEE pasa por un informe previo donde se pide que el candidato haga un descargo. Se pone en conocimiento del personero. Según eso, el JEE resuelve, pero en lo resuelto por el JEE se puede formular una resolución para que se resuelva en última y definitiva instancia”, agregó Jáuregui.
Finalmente, dijo que la exclusión de un candidato solo se podrá realizar hasta 30 días antes de la elección, salvo que se emita una sentencia del Poder Judicial hasta un día antes de los comicios.