(Ilustración: El Comercio)
(Ilustración: El Comercio)
/ Jhafet Pianchachi
Alicia Rojas Sánchez

De las 21 organizaciones políticas que participan en las –Todos Por el Perú fue apartado de los comicios–, 19 de ellas tienen entre sus listas a candidatos excluidos, en primera instancia, por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1. Los únicos dos partidos en el distrito electoral de Lima que no tienen postulantes con observaciones son Acción Popular y el Frente Popular Agrícola del Perú (Frepap).

Hasta el cierre de esta edición, 64 postulantes al incurrieron en omisiones en sus hojas de vida, advirtió el JEE de Lima Centro 1 en el portal del Jurado Nacional de Elecciones (), donde son publicadas las resoluciones de exclusión. De acuerdo con el colegiado, ellos no consignaron debidamente o falsearon información en sus hojas de vida respecto al número de inmuebles, bienes muebles (por ejemplo, vehículos), asuntos contractuales e ingresos que perciben.

Los partidos con mayor número de candidatos excluidos en esta instancia del JEE son Perú Nación, con 10 postulantes; Unión por el Perú, con 9; y Avanza País y Solidaridad Nacional, con 7 cada uno.

En algunos casos, el colegiado ha dispuesto apartar a cabezas de lista como Isaac Humala, quien postula con el número 1 por Perú Libre; y Fernando Cillóniz, exgobernador regional de Ica y quien lidera la lista de Perú Patria Segura. Otros candidatos excluidos son Carolina Lizárraga, del Partido Morado; Andrea Lanata, del Partido Popular Cristiano (PPC); Eugenio D’Medina, de Solidaridad Nacional; y Julio Raurau Oblitas, de Vamos Perú.

Otros candidatos excluidos: Liliana Norma Camargo Chamorro (Número 9 de Solidaridad Nacional), omitió consignar dos vehículos. Wilder Augusto Ruiz Silva (Número 8 de Solidaridad Nacional), omitió consignar 1 inmueble. Edwin WIlliam Wharton Cárdenas (Número 29 de Solidaridad Nacional), omitió consignar 1 inmueble. Vicente Martín Sotelo Montenegro (Número 35 de Solidaridad Nacional), omitió consignar 1 vehículo.

—Versiones—

El candidato Cillóniz dijo a El Comercio que lo observado por el JEE de Lima Centro 1 fue un hecho involuntario. “Yo ya había enviado una aclaración, que por un error involuntario tenía que corregir. Parece que lo tomaron como si hubiese sido mala fe de mi parte. Vamos a apelar”. Él dijo que el vehículo, que de acuerdo con el colegiado está a su nombre y no declaró, es de su empresa.

Por su parte, Andrea Lanata respondió que hoy apelará al JNE por los dos inmuebles que el JEE señala que omitió en su declaración. “Nos basamos en el hecho de que es un error material. He puesto el número de partida registral y el JNE tiene la antigua, por eso ven que no hay coincidencia. Eso tenemos que resarcir”, añadió.

Este Diario intentó comunicarse con representantes del Partido Morado y Perú Libre, pero no obtuvo respuesta.

De acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, los candidatos también deben declarar información sobre sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos, lo que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio. Asimismo, las sentencias que declaran fundadas demandas contra ellos por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar que hubiesen quedado firmes.

El JEE de Lima Centro identificó el caso de David Orestes Gonzales Machado, del partido Renacimiento Unido Nacional, quien tuvo una sentencia condenatoria por el delito de terrorismo (expediente N° 415-93 de la Sala Penal Corporativa Nacional para Casos de Terrorismo de Lima), y que en su estado de “rehabilitado” está impedido de postular al Congreso según lo establecido por la Ley Orgánica de Elecciones.

—Los plazos y apelaciones de candidatos excluidos—

  1. La apelación se presenta al JNE, la instancia definitiva: los candidatos excluidos –luego de haber pasado por el proceso de correr traslado de la exclusión al personero– tienen tres días calendario para presentar una apelación al JNE.
  2. El plazo final para la publicación de exclusiones: el miércoles 27 de diciembre, es decir, 30 días antes de las elecciones 2020, las listas de candidatos al Congreso deben estar asentadas, dijo José Tello, experto en temas electorales.
  3. La revisión de omisiones de los candidatos puede continuar: José Tello explicó que este plazo no implica que no se pueda hacer una anotación marginal o “se deje de recurrir a la fiscalía si hay un delito”. “Si se hubiese omitido información o consignado información falsa, configura el delito de falsedad ideológica”, dijo.

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