El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 admitió este miércoles a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso por Lima de la agrupación Solidaridad Nacional, luego de que esta subsanara las observaciones advertidas por dicho ente electoral.
La lista que encabeza la integrante de la Comisión Permanente Rosa Bartra será publicada en el portal electrónico del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y se dará un plazo de tres días para que los interesados interpongan tachas contra la nónima o los miembros de la misma. Si en este período de tacha no se formulara ninguna o si se llegara a presentar fuera desestimada, la citada lista electoral quedará inscrita oficialmente para participar en las elecciones del 2020.
Una de las causas por la que inicialmente la lista de Solidaridad Nacional fue declarada inadmisible por el JEE de Lima Centro 1 fue el hecho de que las candidatos Rosa Bartra y Nelly Cuadros no cumplieron con presentar el original y la copia certificada de la solicitud de licencia sin goce de haber a la Comisión Permanente que integran, la primera en calidad de miembro titular y la segunda en calidad de miembro suplente.
De acuerdo a la resolución publicada este miércoles, la agrupación ha logrado subsanar dicha observación. En el caso de la expresidenta de la Comisión de Constitución del Congreso disuelto, se dice en el documento que ella ha presentado su solicitud de licencia sin goce de haber con efectividad a partir del 27 de noviembre del 2019, lo que “la ubicaría en un mismo plano de igualdad en la contienda electoral con los demás candidatos”.
El documento agrega que si bien tal solicitud se ha presentado con fecha 22 de noviembre del 2019, es decir con posterioridad a la fecha fijada por el JNE como requisito, ha sido aceptada “por la circunstancia excepcional de la aparente falta de claridad que la candidata invoca existía respecto específicamente de aquellos que conforman la Comisión Permanente con aspiraciones a ser candidatos”.
La resolución dice que “es necesario atender a una interpretación flexibilizadora que privilegie el ejercicio del derecho fundamental a la participación política pasiva de los miembros de la Comisión Permanente que hubieren cumplido con regularizar antes del 27 la presentación de la solicitud de licencia sin goce de haber”. En consecuencia, señala el JEE, se debe tenerse por subsanada la observación de inadmisibilidad.
En el caso de Nelly Cuadros, que formó parte de la bancada de Fuerza Popular en el Congreso disuelto, se señala que ella ha manifestado que no es posible presentar licencia sin goce de haber debido que a la fecha no recibe ninguna remuneración a consecuencia de la disolución del Parlamento. En su resolución, el JEE indica que con la documentación presentada por Cuadros se evidencia que ella no ejerce activamente la función de miembro de la Comisión Permanente ni percibe remuneración.
En consecuencia dice que con ello “se colige que no le corresponde presentar solicitud de licencia sin goce de haber, por lo tanto se tiene por absuelta y subsanada la observación en este extremo”.
En cuanto a las observaciones a otros candidatos que han trabajado en el Congreso y que no precisaban hasta qué fecha laboraron en ella, el órgano electoral señala que estas han sido aclaradas y subsanadas.
Por todo ello, el JEE reitera que corresponde admitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de congresistas por Lima de la agrupación de Solidaridad Nacional.