Ejecutivo prohíbe a policías trabajar en seguridad privada
Ejecutivo prohíbe a policías trabajar en seguridad privada

El Gobierno promulgó hoy un paquete legislativo en materia de  que regula la labor de las empresas privadas que ofrecen este servicio. Uno de los decretos, publicados hoy en el diario El Peruano, prohíbe a policías y militares trabajar en esas compañías.

"Es incompatible la prestación o desarrollo de servicios de seguridad privada, teniendo la condición de integrante de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en situación de actividad o disponibilidad", señala el artículo 4 del decreto.

La norma precisa que la  Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) supervisará y fiscalizará a las personas naturales y jurídicas que ofrecen seguridad privada.

Otras consideraciones
El decreto en materia de seguridad ciudadana publicado hoy indica también que los efectivos de las compañías privadas pueden utilizar armas de fuego para sus funciones, pero con las restricciones que indica la Ley 30299.

La norma refiere que los agentes de seguridad privada pueden utilizar armas de fuego cuando "tienen la finalidad de proteger la integridad físicas de las personas y la seguridad de bienes", pero no en eventos públicos.

Además, las compañías que brinden este servicio en actos de este tipo deberá entregar a Sucamec "la relación de personal que participa" en cada actividad.

Impedimentos
Además, estas empresas tienen la obligación de "colaborar con la Policía Nacional en situaciones de comisión de un delito o una falta". También tiene prohibido "desempeñar funciones que competen a las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional".

Asimismo, la ley señala que los agentes de seguridad privada están obligados a "comunicar de inmediato a la unidad policial o comisaría de su jurisdicción, la tentativa o comisión de un delito o falta que sea de su conocimiento, y brindar apoyo cuando las circunstancias lo requieran".

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