La Defensoría del Pueblo consideró hoy que “crea un mal precedente” la decisión judicial que
Magaly Solier: jueza archivó denuncia de acoso en contra el sujeto que se masturbó contra ella en un bus del Metropolitano y que además era reincidente.
La Comisionada de la Adjuntía para los Derechos de la Mujer, Diana Portal Farfán, explicó que el fallo no se justifica porque las pruebas que presentó la actriz fueron contundentes, así como sus testimonios ante la Policía y el impacto que le causó la agresión sexual.
El Código Penal tipifica como delito de acoso los actos contra el pudor, las buenas costumbres y la exhibición y publicación de frases obscenas. Esta última, por ejemplo, tiene pena privativa de la libertad entre 2 a 4 años, y como agravante si la víctima es menor de edad.
Portal Farfán dijo que la Defensoría del Pueblo no tiene acceso al número de expediente, pese a que lo pidió, por lo que espera que la actriz sea notificada formalmente por el juzgado que ve su causa para acceder a la información y evaluar si la jueza interpretó adecuadamente las pruebas.
Expresó su deseo de que este caso se resuelva positivamente, pues se identificó al agresor y se comprobó que era reincidente. “La decisión de la jueza crea un mal precedente. Por eso las mujeres no se animan a presentar denuncias porque en el sistema de justicia hay impunidad”.