Restaurantes deberán contar con cartas de sus platillos en sistema braille

Además, los servicios turísticos también tendrán que tener ejemplares de sus guías en braille para atender a la población con discapacidad visual.
Norma establece plazos progresivos hasta 2031 para la implementación del sistema braille. Foto: Andina

Los restaurantes y servicios turísticos estarán obligados a proporcionar sus cartas, guías y otros materiales promocionales en el . Así lo dispone el , que fue publicado este 8 de abril en el Diario Oficial El Peruano.

A partir de la entrada en vigor de esta norma, los establecimientos deberán contar con el 5% de sus materiales en braille para asegurar la accesibilidad de sus servicios a la personas con discapacidad visual.

La normativa busca garantizar el acceso a la información de sus servicios y productor, en igualdad de condiciones. Por esa razón, los ejemplares deberán ser copias fieles, estar en idioma español, y replicar la información contenida en las cartas físicas o materiales impresos.

El decreto precisa que los establecimientos también pueden optar por otros formatos de comunicación como audible o digital, siempre y cuando implementen progresivamente el sistema braille, hasta el 2031.

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Por otra parte, la norma precisa que los gobiernos regionales y locales, al igual que las instituciones como la Biblioteca Nacional del Perú, deberán ofrecer sus servicios de impresión en braille a tarifas que no excedan los costos de producción.

Otro aspecto que contempla la norma es la capacitación del personal y la regulación de los lineamientos para la impresión.

El objetivo es garantizar los derechos de las personas con discapacidad, en los ámbitos del turismo y la gastronomía.

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