Simplifican proceso de formalización de mineros artesanales
Simplifican proceso de formalización de mineros artesanales

El gobierno dispuso la simplificación de los pasos del proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal en el país, entre otras medidas, a fin de garantizar su aplicación, según el Decreto Legislativo 1336.

El texto publicado ayer en “El Peruano” dispone que los mineros informales (aquellos quienes realizan su actividad en zonas permitidas) cumplirán con el proceso de formalización en tres pasos y no en seis, como fue hasta ahora.

Estos pasos son la aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (Igafom) o del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo cuando corresponda; la acreditación de propiedad o autorización de uso del terreno superficial; y la acreditación de titularidad, contrato de cesión o contrato de explotación respecto a la concesión minera.

El 30 de diciembre del 2016 se declaró de interés la reestructuración del proceso de formalización a cargo de las direcciones regionales del Ministerio de Energía y Minas. Además, se dispuso que el proceso de formalización minera integral se prolongará 36 meses, a partir de los 120 días hábiles posteriores al 6 de febrero del 2017, fecha en que inicia la inscripción.

Otras medidas

El DL 1336, crea un grupo de trabajo multisectorial conformado por el Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Economia y Finanzas y el Ministerio de Cultura para identificar la superposición entre los derechos para el aprovechamiento de recursos naturales de flora y fauna silvestre y los derechos mineros en la Amazonía.

Además, resalta que en el anterior artículo no están comprendidas las áreas naturales y/o sus zonas de amortiguamiento, las Áreas de Conservación Regional, las Reservas Indígenas, Reservas Territoriales en proceso de adecuación, tierras y territorios de pueblos indígenas, entre otros.

De otro lado, se establece la creación del sello denominado “Oro formal, oro peruano”, a fin de incentivar la compra de oro a quienes formen parte del proceso de formalización. Su administración estará a cargo del Ministerio de Energía y Minas.

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