La entidad decidió iniciar el procedimiento a las mencionadas empresas por presunta infracción al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, donde se precisa que el proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos al público. (El Comercio)
La entidad decidió iniciar el procedimiento a las mencionadas empresas por presunta infracción al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, donde se precisa que el proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos al público. (El Comercio)
Redacción EC

Indecopi indicó que, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3), inició un procedimiento administrativo sancionador contra Seafood Perú S.A.C. y Meridian Fishing S.A.C. porque habrían importado y comercializado, respectivamente, productos hidrobiológicos que contendrían parásitos, fabricados por la empresa china Shandong Hongda Group Co. Ltd.

La entidad decidió iniciar el procedimiento a las mencionadas empresas por presunta infracción al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, donde se precisa que el proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos al público.

Además, informó que dictó una medida cautelar para el cese inmediato de la comercialización de dichos productos.

Indecopi remarcó que la decisión fue tomada inmediatamente después de que el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) ampliara la alerta internacional por haber encontrado gusanos parásitos en un lote de conservas de Entero de Caballa en Salsa de Tomate fabricado por Shandong Hongda Group Co. Ltd. Recordó que la autoridad sanitaria ha dispuesto prohibir la importación de todas las conservas de pescado provenientes de China.

También determinó inmovilizar y cesar la comercialización de todos los lotes de productos hidrobiológicos, en cualquiera de sus presentaciones, fabricados por la empresa Shandong Hongda Group Co. LTD, que se encuentran en todos sus establecimientos del país.

Asimismo, estableció remitir comunicados por escrito a todos sus distribuidores para informar que se encuentran prohibidos de comercializar los productos hidrobiológicos en cualquiera de sus presentaciones.

“Dichas empresas deberán informar a la CC3 del Indecopi el cumplimiento de dichos mandatos en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la notificación”, señaló Indecopi en su pronunciamiento.

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