Hernán Medrano Marin

En el año 2007, L. C. tenía 13 años y vivía junto a su madre en el distrito de . Desde que tenía 11 era víctima de por parte de más de un vecino. El 31 de marzo de ese año, la menor se enteró de que, producto de dichos vejámenes, había resultado embarazada. Ese mismo día, horas después, intentó acabar con su vida al lanzarse desde el techo de la casa contigua a la suya. Sus familiares la encontraron en el suelo y llamaron a los bomberos, quienes la llevaron a la posta médica de Ventanilla. Sin embargo, debido a la gravedad de sus lesiones, tuvo que ser derivada al Hospital Daniel Alcides Carrión.

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L. C. no perdió la vida, pero su columna fue gravemente afectada, así como su salud mental: fue diagnosticada con traumatismo vertebro medular cervical y luxación vertical en las vértebras, además de síndrome ansioso depresivo. El neurocirujano encargado de su atención indicó que para resolver la lesión cervical debía realizarse un procedimiento quirúrgico y este fue programada para el 13 de abril del mismo año. El día previo a la operación, el médico comunicó a Teresa Palacios, madre de L. C., que “no podía operar a su hija debido a que se encontraba embarazada”. En ese instante Teresa solicitó al médico la interrupción legal del embarazo, es decir, el , sin embargo, este le contestó que la decisión “no dependía de él, sino del departamento de Cirugía y de Asesoría Jurídica”.

Teresa, como representante legal de L. C., solicitó formalmente la interrupción del embarazo de su hija ya que representaba un riesgo para su salud física, un obstáculo para la operación y afectaba su salud mental. Tras 42 días, Teresa recibió la respuesta. Para el director del hospital, el embarazo no podía ser interrumpido pues, según se concluyó la vida de la paciente no estaba en peligro como consecuencia del embarazo.

Esta decisión fue apelada por Teresa y, el 27 de junio de 2007, cuando L. C. tenía 19 semanas de embarazo, pero la respuesta siguió siendo la misma. El 11 de julio de ese año, casi tres meses y medio después de que se decidiera la necesidad de la operación y tras haber sufrido un aborto espontáneo, L. C. fue operada. Pese a ello, los resultados no fueron del todo buenos, pues la menor tuvo una cuadriplejia espástica que le impide caminar.

Caso 'Camila'

Camila’ creció en Abancay. Tenía 11 años cuando quedó embarazada producto del abuso sexual que ejercía contra ella su padre. La menor era víctima de estos ultrajes desde que tenía 9 años. Tras interponer la denuncia por ello, la madre solicitó la interrupción del embarazo. Por su parte, el Hospital Regional de Abancay no respondió a la petición.

Al no estar preparada para enfrentar un embarazo, el propio organismo de la menor le ocasionó un aborto espontáneo. Asimismo, tras visitar su domicilio y percatarse de la pérdida, una enfermera del referido hospital la denunció.

El fallo de la ONU sostiene que el Estado peruano revictimizó, criminalizó y discriminó a ‘Camila'.
El fallo de la ONU sostiene que el Estado peruano revictimizó, criminalizó y discriminó a ‘Camila'.

‘Camila’ fue declarada culpable en primera instancia por el presunto delito de autoaborto. Es decir, se criminalizó a la menor. Por otro lado, la investigación al acusado de abuso sexual apenas iniciaba.

El caso fue llegó hasta los comités de la Organización de Naciones Unidas (ONU), quienes fallaron a favor de la menor y condenaron al Perú por haber vulnerado sus derechos al negarles el aborto terapéutico, pese a que la gestación era el resultado de una violación sexual y además peligraba su vida.

A través de un comunicado, la ONU precisó que el Estado peruano revictimizó, criminalizó y discriminó a ‘Camila’.

Caso 'Mila'

El último caso conocido de maternidad forzada es el de ‘Mila’, en Iquitos. Una niña que fue víctima de violencia sexual por parte de su padrastro desde que tenía 6 años. Como resultado, Mila quedó embarazada a los 11. Pese a conocer la situación previamente descrita, el pasado 4 de agosto, una junta médica del Hospital Regional de Loreto le denegó el acceso a la niña al procedimiento de aborto terapéutico.

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Este caso de vulneración de derechos a niñas ha despertado la indignación de familiares, vecinos y organizaciones civiles que exigen justicia y acciones inmediatas. Asimismo, llegó otra vez a instancias internacionales. Naciones Unidas expresó su preocupación por el caso de ‘Mila’ y resaltó que se da pocas semanas después de que falle en contra del Estado peruano en el marco del caso ‘Camila’.

En tanto, Lucas Pezo Amaringo (41), el padrastro de la menor, habría amenazado a su pareja para que no denuncie estos actos de violencia. Él actualmente se encuentra en libertad luego de que el juez Bernuel Espíritu Portocarrero rechazara la solicitud de prisión preventiva en su contra.

Vale precisar que una semana después de que se denegara el acceso a aborto terapéutico a Mila, finalmente una segunda junta médica, esta vez en Lima, aprobó la interrupción del embarazo por el riesgo a la salud física y mental de la menor.

El pasado 4 de agosto, una junta médica del Hospital Regional de Loreto le denegó el acceso a 'Mila' al procedimiento de aborto terapéutico.
El pasado 4 de agosto, una junta médica del Hospital Regional de Loreto le denegó el acceso a 'Mila' al procedimiento de aborto terapéutico.

El Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP) informó que se pudo realizar el procedimiento médico para evitarle un mal grave o permanente. La institución añadió que se mantiene en estricta vigilancia de la evolución clínica de la niña, hospitalizada en el servicio de adolescencia desde el miércoles 9 de agosto. En tanto, el aborto terapéutico se aplicó el jueves 10.

Ante ello, ayer la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad abrió una investigación preliminar contra los que resulten responsables del presunto delito de tortura en agravio de Mila. El Ministerio Público anunció que se solicitará toda la documentación del Ministerio de Salud y el Hospital Regional de Loreto respecto del informe médico sobre las evaluaciones efectuadas a la menor, entre otras acciones.

Una historia que se repite

Solo de enero a junio de este año, se han atendido 4.031 casos de violación sexual de menores de edad en el país, según estadística de los Centro de Emergencia Mujer. Se trata de un promedio de 22 casos todos los días. Asimismo, el año pasado, la cifra de casos de abuso sexual contra menores fue de 8.100.

Además, cada año 1.100 menores de 15 años se convierten en madres en el Perú. Si se toma en cuenta información solo de la última década se trata de 2.500 niñas y adolescentes que dieron a luz cuando cursaban la educación primaria. Un revela que la mayoría de casos se da Ucayali, Loreto, San Martín, Madre de Dios y Huánuco.

Las cifras de casos de violación sexual de menores de edad y matrimonios infantiles en el país son alarmantes.
Las cifras de casos de violación sexual de menores de edad y matrimonios infantiles en el país son alarmantes.

Por otro lado, según estadística del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), los nacimientos en madres niñas (10 a 14) ha aumentado en los últimos años. En Ucayali, por ejemplo, la tasa subió en 6,16% respecto al 2017, mientras que en Loreto el incremento fue de 4,26%, en San Martín 2,3% y a nivel nacional 1,06%.

Matrimonio infantil

En setiembre del 2022, la congresista no agrupada Flor Pablo presentó un proyecto para revertir el citado Decreto Legislativo y suprimir de la legislación cualquier posibilidad que permita el matrimonio infantil. Nueve meses después, el pasado 23 de junio, con 15 votos a favor y una abstención, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó el predictamen.

Con esta medida se busca modificar los artículos 42, 46, 241, 243, 244, 247 y 248 del Código Civil peruano aprobado por el Decreto Legislativo Nº 295, para señalar que el matrimonio solo se efectúe desde la mayoría de edad: (...) “toda persona mayor de dieciocho años tiene plena capacidad de ejercicio y ello incluye a todas las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás y en todos los aspectos de la vida, independientemente de si usan o requieren de ajustes razonables o apoyos para la manifestación de su voluntad”.

Según la estadística que existe en nuestro país, el matrimonio infantil es usualmente una práctica que tiene como fin el cubrir casos de violaciones sexuales en contra de menores de edad. (Fotos: Carlos Hidalgo/ El Comercio)
Según la estadística que existe en nuestro país, el matrimonio infantil es usualmente una práctica que tiene como fin el cubrir casos de violaciones sexuales en contra de menores de edad. (Fotos: Carlos Hidalgo/ El Comercio)

La congresista Flor Pablo explicó que esta es una realidad alarmante, por lo que es necesario modificar el Código Civil para prohibir este tipo de uniones. “En el año 2018 se modifica el artículo 42 del Código Civil, lo que generó una puerta abierta al matrimonio de adolescentes de 14 a 16 años. Eso significa que se truncan proyectos de vida y perjudica principalmente a las mujeres porque son obligadas a estar con hombres mayores, incluso con diferencias de 15 o 30 años. Significa que abandonan sus estudios, significa pobreza”, dijo ante la Comisión de Justicia del Congreso.

Si desde ya es absurdo que las leyes peruanas no garanticen el desarrollo sano de la niñez al permitir el matrimonio con personas mayores, el argumento de un grupo de congresistas que avalan esta situación y se oponen al proyecto que busca eliminar la unión con menores resulta realmente perturbador.

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Según Flor Pablo, diversos legisladores alegaron que en diferentes zonas indígenas del país, el matrimonio temprano es considerado una tradición cultural arraigada. Asimismo, indicaron que esta medida podría afectar los derechos de los hijos de padres adolescentes y limitar el acceso a los bienes patrimoniales de parejas que deseen casarse y que ya se encuentran en una unión.

No es una costumbre, es una práctica. Las propias mujeres indígenas rechazan estas uniones”, dijo al respecto la legisladora.

Una de las opiniones en contra del predictamen que causó indignación fue la proferida por el parlamentario José Balcázar, de Perú Bicentenario, quien se abstuvo de votar y brindó una serie de argumentos supuestamente a favor de la unión con menores de edad.

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Resulta que el matrimonio en el Perú se ha vuelto disfuncional. Hoy la gente no se casa, todas son uniones de hecho. En las ciudades grandes, las uniones de hecho y las relaciones sexuales son tempranas, y la medicina legal sabe perfectamente que, mientras no haya violencia, las relaciones sexuales tempranas más bien ayudan al futuro psicológico de la mujer. El problema es cómo prohibir el embarazo, falta educación sexual ahí. Pero el matrimonio es disfuncional, ¿qué hacemos con las personas que ya tienen hijos y que están conviviendo sin violencia siendo menores de 18 años?”, comentó el congresista.

En otro momento de su intervención, Balcázar volvió a referirse a la supuesta “evidencia científica” que existe sobre los “beneficios” de las relaciones sexuales entre mujeres adolescentes y hombres adultos.

La medicina legal ha confirmado que las relaciones sexuales tempranas ayudan al desarrollo psicológico de la mujer. Las personas de 14 años para arriba son sumamente maduras e inteligentes a estas alturas del siglo XXI. Lo ha demostrado la psicología y criminología: cuando no hay violencia, son relaciones saludables, vitales para el desarrollo psicofísico de las personas. Sugiero que este proyecto vuelva a ser estudiado”, expresó.