SUSALUD señaló que todo paciente o usuario de los servicios de salud, públicos o privados, tiene derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad. (Foto: Alessandro Currarino / GEC)
SUSALUD señaló que todo paciente o usuario de los servicios de salud, públicos o privados, tiene derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad. (Foto: Alessandro Currarino / GEC)
/ Alessandro Currarino
Redacción EC

La divulgación de los datos relacionados a la salud de los pacientes , de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2014-SA, conlleva a una sanción administrativa de multa de hasta 300 UIT, equivalente a 1’290.000, indicó el Superintendente Nacional de Salud, Dr. Carlos Acosta Saal.

Mediante un comunicado, SUSALUD señaló que todo paciente o usuario de los servicios de salud, públicos o privados, tiene derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad. Esto, debido a que en los últimos días se ha venido difundiendo información (fotografías y videos) referida a la identificación de personas diagnosticadas, hospitalizadas o fallecidas producto del .

Acosta Saal invocó a los directores de instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS), identificar y sancionar los actos de captación de imágenes realizados dentro de sus establecimientos y la difusión de este material, así como denunciar estos hechos y a sus responsables.

Agregó que los directores de estos establecimientos de salud están obligados a accionar la investigación y sanción de los responsables de la falta, sin perjuicio de la intervención que pueda tener el Ministerio Público u otras entidades como la Contraloría General de la República, los colegios profesionales o los procuradores públicos del sector correspondiente.

El funcionario explicó que la garantía de este derecho tiene su amparo en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Salud, así como la Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud. De igual forma, la Ley de Protección de Datos Personales, regula el adecuado tratamiento de datos personales sensibles, cuya información está relacionada a la salud de las personas.

Asimismo, reiteró el derecho de los familiares directos de poder asistir durante el procedimiento de servicios funerarios de cadáveres con COVID-19 o sospecha del virus. Serán máximo dos en la cremación y cinco para la inhumación, conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 171-2020-MINSA que modifica la Directiva Sanitaria N°087-2920-DIGESA/MINSA, Directiva Sanitaria para el manejo de cadáveres por COVID-19.


¿Cómo se contagia el coronavirus?

El COVID-19 se contagia por el contacto de una persona sana con otra que esté infectada. Esta enfermedad se propaga de persona a persona mediante las gotículas procedentes de la nariz o boca cuando el que se encuentra enfermo tose o exhala.

En muchos casos, estas gotículas caen sobre objetos o superficies, que después tocan otros individuos y se llevan a la nariz, ojos o boca cuando pasan sus manos por la cara.

¿Cómo evitar la propagación del coronavirus?

Para reducir la probabilidad de contagio existen varias maneras. Las principales son:

· Lavarse las manos con agua y jabón por 20 segundos y usar alcohol o gel desinfectante.

· Mantenerse a una distancia mínima de 1 metro de cualquier persona.

· Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca, debido a que las manos al palpar muchos objetos y superficies pueden recoger el virus.

· Mantener una buena higiene respiratoria: si tose o estornuda deberá cubrirse la boca y la nariz con el codo doblado o con un pañuelo de papel, que deberá desecharse de inmediato.

· Permanecer en casa si no se encuentra bien. En caso tenga fiebre, tos y dificultad para respirar, busque atención médica y siga las instrucciones que le de personal de salud.

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