El Senado sancionó esta madrugada la norma que legaliza el aborto sin causa hasta la semana 14 de gestación. Y aunque junto al Congreso, lo primero que se escuchó fue el grito de alegría del “lado verde”, la otra mitad de la plaza se sumió en un profundo estado de malestar.
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Unidad Provida, que agrupa a unas 150 organizaciones de la sociedad civil que representan a los “pañuelos celestes”, emitió un duro mensaje al respecto. “Seguimos luchando en contra del aborto, seguimos defendiendo al inocente, seguimos empoderando a la mujer con educación, con herramientas, con amor, en una sociedad rota. Ninguna ley inconstitucional nos va a desarmar. Ninguna ley inconstitucional va a cambiar nuestra postura”, publicó la agrupación en Twitter.
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“La vida es un derecho y es un derecho de todos: de los deseados y de los no deseados. La vida es un derecho que alcanza desde el ser más pequeño y vulnerable, hasta el más grande. Jamás vamos a bajar los brazos, la vida se defiende, siempre. Nosotros no nos vamos a vencer”, continuó Unidad Provida en su descargo.
“No podemos descansar. No vamos a parar hasta que se salve cada una de las vidas. Nadie nos va a decir que en nuestro país alguien sobra. Hoy más que nunca queremos agradecerles a los 29 senadores que votaron en contra de la ley de muerte. Cambiar la realidad depende de nosotros: hagamos la revolución de la vida”, manifestó.
A continuación, la organización publicó una lista de los “senadores celestes”, aquellos congresistas que votaron en contra del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Diputados el 11 de diciembre último, y que fue sancionado por 38 votos a favor.
La norma establece las condiciones en las cuales una mujer podrá llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de que medie causal alguna y sin costo, ya que la práctica se incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) del sistema de salud.
Además, obliga al establecimiento médico a responder a la interrupción del embarazo en un plazo máximo de 10 días corridos a partir de su requerimiento. Cualquier conducta que entorpezca o demore la prestación por parte de un funcionario público o personal de la salud será penada con prisión de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial por el doble de la condena.
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