La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este miércoles al Estado de Bolivia por actos de tortura y malos tratos por parte de agentes policiales en contra de 26 personas que fueron detenidas en el marco de una serie de allanamientos nocturnos ilegales.
La sentencia, notificada este miércoles a las partes, declara al Estado boliviano como responsable internacional por las violaciones a diversos derechos y otras vejaciones cometidas por agentes policiales en el marco de los allanamientos y detenciones ilegales realizadas dentro de un operativo para capturar a los sospechosos de un atraco a una camioneta que transportaba valores en diciembre de 2001.
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“El Estado es responsable por la violación a los derechos a la libertad personal, a la vida privada, al domicilio, a la protección de la familia, al derecho de propiedad, a la integridad personal, al derecho de la mujer a vivir libre de violencia, los derechos de la niñez, el derecho a la vida, a la salud, a las garantías judiciales, la protección judicial, a la honra y dignidad así como el deber de investigar actos de tortura y la violencia contra la mujer”, cita la sentencia.
La CorteIDH indicó que los allanamientos nocturnos y las detenciones realizadas durante esa época fueron “contrarios a la normativa constitucional vigente al momento de los hechos, y que, por el uso de fuerza desmedida implicaron una violación de la Convención”.
“Durante los allanamientos nocturnos se afectaron de forma desproporcionada los derechos de los niños y adolescentes presentes, así como el derecho a la vida familiar. Asimismo, las mujeres fueron víctimas de torturas sexuales durante sus detenciones”, explica la Corte en el documento.
Según el Tribunal internacional, a pesar de que las torturas y vejaciones fueron denunciadas por la defensa legal de las víctimas en varias instancias internas, no fueron objeto de una investigación diligente. Por lo que, además, se consideró que el Estado de Bolivia violó su deber de investigar actos de tortura y de violencia contra la mujer.
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“Se determinó, además, que varias de las víctimas fueron exhibidas a los medios de prensa como autores del atraco a la camioneta cuando ni siquiera habían sido objeto de una imputación formal, por lo que se consideró que se afectó el principio de inocencia”, indica la sentencia.
Debido a estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado, entre ellas, una revisión de la sentencia condenatoria a las víctimas, el establecimiento de protocolos para la realización de allanamientos y otros actos de investigación judicial en donde estén presentes menores de edad y el pago de sumas indemnizatorias a las víctimas.
La CorteIDH, con sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los países del hemisferio que han reconocido su jurisprudencia.
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