Una de las varias reformas vinculadas a la elección de representantes que se han anunciado en los últimos días es aquella dirigida a reactivar la reelección de alcaldes y gobernadores regionales. Esta propuesta se presenta a poco más de año y medio de la promulgación de la reforma constitucional que cerró el camino a la reelección de las mencionadas autoridades.
De entrada, lo esencial ante este tipo de idas y venidas es tener prudencia al analizar la conveniencia de adoptar reformas parciales con la idea de que con ello se generará un impacto global sobre nuestra caótica legislación electoral. A esta prudencia debe sumarse una perspectiva integral sobre la problemática electoral subnacional. Desde luego, para la aprobación de las normas que correspondan, los legisladores pueden utilizar la estrategia que consideren más efectiva, es decir, pueden aprobar normas por separado o cuerpos legislativos más extensos.
Señalado esto, es clave preguntarse por la racionalidad de la norma aprobada en marzo del 2015, ¿era la reelección de autoridades la madre de los problemas de corrupción en los ámbitos subnacionales? Según señala Carlos Meléndez, lo más probable es que no, ya que en el último proceso electoral 4 de 25 personas elegidas como gobernador regional presentaban procesos por corrupción, mientras que en el 2010 fueron 6 y en el 2006 solo 2.
De otro lado, investigadores como José Incio y Jorge Aragón presentan datos reveladores respecto al fenómeno de la reelección en el Perú. Así, del 2006 al 2014 el porcentaje de gobernadores que buscan la reelección cae en picada de 64% a 44%. Asimismo, la caída es más moderada para las alcaldías provinciales (57% en el 2006, 59% en el 2010 y 52% en el 2014), fluctuando ligeramente en el ámbito distrital (62% en el 2006, 57% en el 2010 y 61% en el 2014). Sin embargo, los números más concluyentes son los que corresponden al porcentaje de autoridades que consiguen reelegirse, pues en la elección del 2014 este no superó el 16% en el caso de gobernadores regionales, el 11% en el de alcaldes provinciales y el 17% en el de alcaldes distritales.
En pocas palabras, un número considerable de autoridades se presenta a la reelección, pero muy pocos ganan. Entonces, ¿por qué eliminar la reelección inmediata? Si la respuesta a la que se llegó fue: para combatir la corrupción y el uso de recursos públicos en los procesos electorales, probablemente hemos arrojado al niño junto con el agua sucia.
En contraste, numerosos especialistas afirman que la reelección inmediata introduce en la competencia electoral incentivos para un mejor desempeño de las autoridades, pues su continuidad depende del grado de aceptación que tengan sus gestiones. Este efecto se refuerza con medidas efectivas y racionales de neutralidad en época electoral y con la existencia de prensa independiente, según revelan estudios practicados en Uruguay, Brasil y Argentina.
En términos generales, la reinstauración de la reelección, esta vez limitada a un período inmediato, es positiva. Sin embargo, debe aparejarse al estudio de medidas que eviten la postulación de personas con sentencias en primera instancia por delitos graves vinculados a corrupción, narcotráfico o terrorismo, por ejemplo. Así también, con una reforma que introduzca proporcionalidad en la ley de dádivas, cree reglas específicas sobre financiamiento político en el nivel subnacional y haga efectivas las medidas de neutralidad estatal en procesos electorales.