A las 12.01 a.m. del martes de la semana pasada se celebró el matrimonio de Dunia Araya y Alexandra Quiros, y Costa Rica se convirtió en el primer país de Centroamérica en reconocer legalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo. “Con la entrada en vigencia de la ley, ojalá que quienes siguen luchando [...] tomen la inspiración y el ejemplo, no de nuestro matrimonio, sino de Costa Rica, que ha dado ese paso importante”, dijo Dunia en una entrevista en la BBC.
Con sus palabras, hacía alusión a la falta de reconocimiento del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo en la región. Además de Costa Rica, en Latinoamérica este vínculo es reconocido en Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Uruguay y diversos estados de México. El Perú, lamentablemente, no está en esa lista.
Y precisamente porque no estamos en esa lista es que es tan importante que como sociedad nos detengamos en lo que acaba de suceder en Costa Rica. Habría que comenzar resaltando que esto no ha pasado por el camino legal, sino judicial. Ha sido la Corte Suprema de ese país la que declaró inconstitucional la prohibición al matrimonio entre personas del mismo sexo en el 2018, y la que le dio al Legislativo un plazo máximo para adecuar su normativa. Vencido el plazo, el martes pasado, automáticamente quedó anulada la prohibición. Y en sus fundamentos, se ha basado también en una opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 2017.
Quiero compartir con ustedes precisamente algunas palabras de esa opinión consultiva, que además fue usada por la Corte Constitucional de Ecuador cuando, en el 2019, reconoció el matrimonio entre personas del mismo sexo. Y les pido que las lean teniendo a nuestro país en mente. La familia, dice la corte, “surge de las necesidades y aspiraciones más básicas del ser humano. Busca realizar anhelos de seguridad, conexión y refugio que expresan la mejor naturaleza del género humano”.
Pero, así como podemos hablar del origen y la historia de esta institución, también debemos hablar de su desarrollo actual. De cómo ha cambiado. “Hasta hace algunas décadas, todavía se consideraba legítimo distinguir entre hijos nacidos dentro o fuera de un matrimonio”, recuerda por ejemplo. Hoy, en cambio, tenemos una idea más comprensiva de la familia. “Para el tribunal, no existe duda de que –por ejemplo– una familia monoparental debe ser protegida del mismo modo que dos abuelos que asumen el rol de padres respecto de un nieto […]. Una familia también puede estar conformada por personas con diversas identidades de género y/o orientación sexual. Todas estas modalidades requieren de protección por la sociedad y el Estado”.
¿Y qué es lo que caracteriza entonces fundamentalmente a una familia? El que se trata de relaciones afectivas “con ánimo de permanencia, que buscan emprender un proyecto de vida conjunto, típicamente caracterizado por cooperación y apoyo mutuo”.
Creo que nadie podría dudar de que en el Perú existen esas relaciones afectivas entre personas del mismo sexo. Relaciones entre personas que han decidido que se quieren tanto que son una familia. Sin embargo, en nuestro país –a diferencia de Costa Rica desde la semana pasada– estas no son reconocidas.
Al igual que en el caso de las parejas heterosexuales, seguramente para algunas este reconocimiento legal no es importante. Pero para muchas otras sí lo será. Y a fin de cuentas la decisión debe ser solo de ellas, no del Estado. Ya lo dijo la corte: “Los Estados deben garantizar el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales [...]. Los Estados que tuviesen dificultades institucionales para adecuar las figuras existentes, transitoriamente, y en tanto de buena fe impulsen esas reformas, tienen de la misma manera el deber de garantizar a las parejas constituidas por personas del mismo sexo, igualdad y paridad de derechos respecto de las de distinto sexo, sin discriminación alguna”. Y esa mención a “todos los derechos” no es en vano: el matrimonio es una institución que viene de la mano de derechos no solo patrimoniales, sino también de protección social, posibilidad de tomar decisiones médicas, beneficios familiares de diversa índole, y un largo etcétera.
¿Cuánto tiempo pasará hasta que reconozcamos el matrimonio entre personas del mismo sexo en el Perú? ¿Hasta que contemos con una ley de identidad de género? ¿Hasta que deje de haber discriminación, violencia y odio? ¿Cuánto más habrá que esperar?