Diana Seminario

El 7 de diciembre del 2022, cerca del mediodía, Pedro Castillo pretendió pasar a la historia como un dictador de poca monta, pero terminó en prisión por el delito de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación a la tranquilidad pública. Ese día, Castillo dio un golpe de Estado ordenando el cierre del Congreso y la toma del Ministerio Público, entre otras medidas que no se concretaron gracias a la inmediata respuesta de las instituciones democráticas.

Casi dos años después del golpe de Estado, el Poder Judicial emitió el auto de enjuiciamiento por este caso. Según información publicada en El Comercio, la Corte Suprema ordenó que el expresidente vaya a juicio en el que enfrentará un pedido de 34 años de prisión.

Junto con Castillo son acusados Betssy Chávez, expresidenta del Consejo de Ministros; Willy Huerta, exministro del Interior; y Roberto Sánchez, exministro de Comercio Exterior y Turismo y actual congresista. Para ellos se solicita 25 años de prisión. En el juicio también se incluye a su exjefe del Gabinete Ministerial Aníbal Torres, quien no solo se encontraba en Palacio el día del golpe, sino que, además, era asesor principal de la PCM.

La fiscalía presentará en el juicio a 40 testigos y dos peritos, así como 91 pruebas documentales. La acusación incluye el intento de disolver el Congreso, la orden de alzamiento en armas y el bloqueo de acceso al Congreso.

Se estima que el juicio a Castillo y sus cómplices se inicie en los primeros meses del 2025 y se espera una sentencia ejemplar para que ningún aventurero vuelva a intentar subvertir el orden democrático en pos de sus propios beneficios.

Pero Castillo no es el único golpista sin condena. La justicia todavía tiene un pendiente con Martín Vizcarra, quien el 30 de setiembre del 2019 cerró el Congreso de modo irregular usando la inexistente figura de la “denegación fáctica” de una cuestión de confianza presentada por su jefe del Gabinete Salvador del Solar. En aquel entonces, el Tribunal Constitucional (TC) no se pronunció sobre el tema de fondo; solo declaró improcedente la demanda competencial presentada entonces por el Parlamento.

Y, como para que no quedara duda de que lo que hizo Vizcarra fue un golpe de Estado, el TC determinó el año pasado que “es contraria a la Constitución la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza” y estableció que es competencia del Congreso “determinar su rechazo, rehusamiento y su negatoria ante la propuesta del Ejecutivo”.

Caso cerrado. Ahora está en la cancha del Congreso la acusación constitucional contra Vizcarra y los extitulares de la PCM Salvador del Solar y Vicente Zeballos por el cierre del Congreso en el 2019.

Coherencia democrática es condenar todo golpe de Estado: el del 5 de abril de 1992, el del 30 de setiembre del 2019 y el del 7 de diciembre del 2022.

¡Golpistas nunca más!

*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

Contenido Sugerido

Contenido GEC