(Foto: El Comercio).
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Editorial El Comercio

El lunes, el Ejecutivo observó la autógrafa de la ley de ejecución humanitaria de la pena, que permite que los condenados mayores de edad puedan –bajo determinadas condiciones– cumplir el resto de sus sentencias en libertad. Desde que se aprobó, la norma ha sido fuertemente cuestionada no solo por las serias incongruencias que arrastra (y que han sido advertidas por el gobierno, como el hecho de que las solicitudes sean resueltas por una instancia administrativa y no por el Poder Judicial, o que se hayan omitido las graves violaciones a los derechos humanos de la lista de delitos que vuelven inaplicable a la norma), sino también por el extraño itinerario que siguió dentro del .

Como se recuerda, esta fue aprobada en un tiempo bastante acotado (menos de 48 horas) solo con los votos de la agrupación mayoritaria, (FP) y de algunos ex integrantes de la bancada naranja, sin seguir la ruta regular en las comisiones y luego de ser exonerada de una segunda votación en el pleno. ¿Qué motivó un tratamiento tan expeditivo? Pues, a decir verdad, resulta forzado hallar una razón que no sea la del interés particular de un partido.

El problema es que esta no es ni por asomo la primera vez que la mayoría parlamentaria demuestra que los plazos y los procedimientos pueden estrujarse cuando de empujar sus intereses se trata. Recordemos, si no, la forma acelerada en la que se procesó y debatió la sanción a los hoy suspendidos legisladores Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez, y que derivó en una grosera votación en la que, de manera irregular, se introdujeron los votos de los miembros de la Comisión Permanente con la anuencia de la Mesa Directiva que en ese entonces presidía el legislador Luis Galarreta.

Una equivocación tan burda que, apenas horas después, el Congreso se vio obligado a rectificar a través de una nueva votación.

Pero este uso arbitrario –por decir lo menos– del Congreso no es un tema solo de velocidad, sino también de fuerza. En este caso, de la fuerza de los votos. Del uso de la mayoría para empujar normas al caballazo o por insistencia.

Muestra de esto último es la ley que prohibía la publicidad estatal en medios privados. Norma recientemente derogada por el Tribunal Constitucional (TC) y que fue aprobada por insistencia, luego de que el pleno desechara las observaciones que había realizado el Ejecutivo en marzo, cuando las costuras de inconstitucionalidad que exhibía el planteamiento ya eran fáciles de detectar.

Por lo demás, no han escaseado otros episodios de similar tenor en los que el Legislativo ha terminado impulsando leyes por insistencia sin mostrar el mínimo interés por atender las observaciones del gobierno (como ocurrió con la ley de fortalecimiento de la contraloría, que dispone una injustificable excepción para el Congreso); en los que ha intentado encajar cambios constitucionales a través de modificaciones a su reglamento (como pasó con las limitaciones a la cuestión de confianza); o en los que, ya de plano, ha tenido que ser corregido por el TC (como ocurrió con la ley de la bancada mixta).

Si bien es cierto que es imposible concebir un Parlamento inmune a las consideraciones políticas –pues todo órgano legislativo es, por naturaleza, político–, cuando aquellas se erigen por encima de la institucionalidad y de las formas democráticas, entonces la labor de representación nacional se vacía y termina siendo colmada por los intereses partidistas.

No es difícil concluir que gran parte de la baja aprobación que recibe el Congreso en las encuestas (15%) se explique por este ejercicio habitual. Quizá atender las observaciones que ha realizado el Ejecutivo a la ley para beneficiar a los reos mayores de edad sea una buena oportunidad para demostrar que el bien común importa más que el poder y la fuerza.