Luego de su aprobación en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, el dictamen del proyecto de la ley titulado como “Ley que protege de la usura a los consumidores del sistema financiero” podría ser revisado en el pleno. (Foto referencial: Andina).
Luego de su aprobación en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, el dictamen del proyecto de la ley titulado como “Ley que protege de la usura a los consumidores del sistema financiero” podría ser revisado en el pleno. (Foto referencial: Andina).
Editorial El Comercio

Llegado octubre, pasa difícilmente una semana sin que el ponga en marcha una iniciativa legislativa que amenace con erosionar parte del marco institucional y económico del país. Recientemente, ha sido el sector financiero el más expuesto. Si la semana pasada se debatió un proyecto de ley (que en buena hora se logró modificar para adoptar parte de las propuestas del Ejecutivo al respecto), esta semana ha tocado el proyecto de ley para impulsar .

En efecto, hace unos días la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso –fuente de muchos de los dislates legislativos recientes– aprobó expeditivamente el predictamen titulado “Ley que protege de la usura a los consumidores del sistema financiero”. A través de este, se propone que el Banco Central de Reserva (BCR) establezca límites en las tasas del sistema financiero de forma semestral. Como se sabe, el BCR dispone ya de la facultad de fijar tasas máximas y mínimas de forma excepcional, pero no ha ejercido esa competencia. La iniciativa legal lo forzaría a hacerlo.

Lo cierto es que la tasa de interés no es otra cosa que el precio al cual se negocia el dinero. Así, aplican las mismas reglas de mercado que con cualquier otro control de precios. Desde un punto de vista de principios, se trata de una obvia –e injustificada– intervención del Estado en las libertades económicas de las empresas, familias y personas. Desde un punto de vista práctico, los topes impedirán que las familias y pequeñas empresas con poco historial crediticio, o que por algún motivo podrían tener problemas para devolver el préstamo, accedan al crédito.

Como con otras normas aparentemente bienintencionadas, la regulación desconoce la realidad del país; su efecto neto es excluir a los más vulnerables del mercado formal y empujarlos hacia alternativas de créditos informales más costosas, y potencialmente peligrosas. De acuerdo con una reciente encuesta del BCR realizada a mypes y entidades microfinancieras sobre los créditos informales en el país, “la tasa de interés promedio es de 20% mensual (792% anual). Los cobros son diarios y el incumplimiento de los pagos tiene mecanismos de cobro delincuenciales. Estos préstamos son denominados ‘Paga Diario’ y ‘Préstamos por Goteo’”.

Esto no es nuevo. En Chile, a partir de los cambios introducidos en diciembre del 2013 en la tasa máxima convencional (TMC), la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras estima que el número de personas excluidas del sistema financiero formal fue entre 151.000 y 227.000 clientes. La exclusión fue mayor para los créditos más pequeños. Al mismo tiempo, el porcentaje de hogares en la Región Metropolitana con créditos informales pasó de 8,1% en el 2015 a 14,3% en el 2017. En Colombia, la Asociación Nacional de Instituciones Financieras ha estimado que los desembolsos en el país hubiesen sido 20% superiores de no haber existido los topes a las tasas. En Bolivia la historia es similar.

Descartadas las consideraciones técnicas o de justicia, la búsqueda de aplauso fácil es la única motivación posible para piezas normativas de este tipo. De un tiempo a esta parte, el Congreso ha adoptado la práctica usual de avanzar proyectos legislativos sin soporte técnico, sin consensos con otras entidades, y sin mínimas consideraciones sobre los efectos a mediano y largo plazo de las normas. Este es solo un ejemplo más de tal displicencia, pero sin duda uno de los más nocivos.

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