Esta semana, el Poder Judicial dictó 18 meses de prisión preventiva para la ex presidenta del Consejo de Ministros Betssy Chávez, en el contexto de la investigación que se le sigue por los presuntos delitos de rebelión y conspiración. Lo que el Ministerio Público indaga, como se sabe, es cuál pudo haber sido su rol en el golpe de Estado protagonizado por Pedro Castillo el 7 de diciembre del año pasado.
En acatamiento de esa orden judicial, la también suspendida congresista fue detenida en Tacna y trasladada ayer a Lima, donde cumplirá el ya mencionado período de prisión preventiva. En ese sentido, lo ocurrido en estos días de alguna manera constituye el colofón de un proceso que se inició hace dos meses, con la aprobación de la acusación constitucional que la fiscalía remitió al Legislativo. Como se recuerda, el pedido inicial para que se le dictara prisión preventiva fue desestimado en abril por el juez supremo Juan Carlos Checkley, pero ahora la apelación del Ministerio Público ha sido atendida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.
Es pertinente dejar en claro, una vez más, que no estamos ante una sentencia que determine la culpabilidad o inocencia de la exjefa del Gabinete. Las prisiones preventivas son una medida de precaución que se adopta cuando, a criterio de la fiscalía y con aprobación de la instancia judicial, la investigación relacionada con un determinado delito está en riesgo por un peligro de interferencia o de fuga del acusado. Para aprobarla se requiere asimismo un nivel de sospecha grave a propósito de la intervención de la encausada en los hechos que son materia de la investigación, lo que también se ha cumplido en este caso.
En líneas generales, las razones del tribunal presidido por el juez supremo César San Martín para dar luz verde a la medida tienen que ver con el peligro de fuga que entraña el hecho de que la exministra hubiera tratado de refugiarse en la Embajada de México una vez que se hizo evidente que el golpe había fracasado (esto es, cuando el aspirante a dictador ya había sido detenido justamente cuando se dirigía al mismo destino) y, en ese mismo orden de cosas, la debilidad de los arraigos que presentó en su momento. Se ha argumentado también el incremento de los graves y fundados elementos de convicción sobre la comisión del delito que se le atribuye.
Con relación a esto último, cabe recordar algunos detalles que indican que los fundamentos para el otorgamiento de la medida que nos ocupa no son nada deleznables. Para empezar, está meridianamente claro que el actual inquilino del penal de Barbadillo no pudo haber dado el golpe solo. Y, aparte del testimonio de la reportera de TV Perú según el cual Chávez le mencionó que iban a sacar un decreto supremo para hacer efectivas las disposiciones contrarias a la Constitución anunciadas por Castillo, son múltiples las evidencias que apuntan a ella como la operaria del zarpazo.
De otro lado, el reciente pronunciamiento del Tribunal Constitucional acerca de la improcedencia de la supuesta “denegación fáctica” de la confianza abona la tesis de que el Ejecutivo que ella integraba –primero como titular de Cultura y luego como jefa del Gabinete– tenía la intención de cerrar el Congreso y se estaba preparando para ello (un detalle que obliga a volver los ojos nuevamente hacia Aníbal Torres, que está ‘pasando piola’ en todo este trance).
Finalmente, no hay que olvidar el comportamiento altanero y desafiante de la ex titular del Consejo de Ministros con relación al golpe. Lejos de pedir disculpas, ella ha tratado de responsabilizar de todos sus males a la prensa: una actitud que el martes llegó a un extremo con la reacción de sus familiares al echarles un perro y agredir físicamente a los reporteros que buscaban informar sobre su inminente detención en Tacna.
En conclusión, habrá que ser pacientes, pero sin perder de vista que los levantamientos contra la democracia no pueden quedar impunes.