¿Podemos leer una sentencia antes de criticarla? Y, luego de repasarla, ¿podemos cuestionarla sin crucificar a su autor? Si discrepamos del razonamiento, ¿podemos aceptar pacíficamente la idea de que otras personas piensen distinto? ¿O acaso cada vez que no nos den la razón es porque hubo una mafia organizada que quiere perjudicarnos?
Aunque bien podrían aplicar en el supuesto, no estamos escribiendo sobre la resolución que ordenó la prisión preventiva de Ollanta Humala y Nadine Heredia, ni de la sentencia que luego ordenó su excarcelación. Tampoco de las decisiones judiciales que dictaron prisión preventiva contra Keiko Fujimori ni de las que, posteriormente, la revocaron. Nos referimos al también mediático caso de los octógonos.
PARA SUSCRIPTORES: En busca del responsable, por Federico Salazar
Una resolución de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi se pronunció sobre algunas de las exigencias impuestas por el Ministerio de Salud con relación a la famosa figura geométrica que se adueñó de las etiquetas de turrones y papitas fritas.
Esta Comisión puede declarar como barreras burocráticas ilegales –e inexigibles– aquellos requisitos, cobros o prohibiciones que imponga una entidad pública sin estar autorizada por ley para hacerlo. No está mal, ¿no? Es la aplicación más básica del principio de legalidad, y una garantía para todos los ciudadanos frente a arbitrariedades y abusos del poder estatal.
Bueno pues, esta Comisión dijo que el requisito de poner los octógonos era legal. Una ley del Congreso creó esa obligación. Ninguno de sus ocho laditos está en riesgo. Tampoco su contenido, su fondo negro y sus letritas blancas, su tipografía Helvética LT Std-Bold (¡no se atrevan a usar Arial!), ni su ubicación y tamaño en los empaques de productos. Estos octógonos también seguirán apareciendo en publicidad, de forma clara, legible, destacada y comprensible.
Entonces, ¿a qué viene tanta barahúnda? Sucede que la Comisión concluyó que la ley no había dado competencias al Ministerio de Salud para regular algunos aspectos de la publicidad. Esencialmente, aspectos de formato, como el tiempo que tenían que aparecer los octógonos en la publicidad audiovisual, el volumen y el ritmo con los que se pronunciaría la advertencia de salud en la radio, o el espacio que debían ocupar los octógonos en los pósteres y vallas publicitarias.
Sí deben aparecer los octógonos, pero el ministerio no tiene potestad legal para regular cómo serán exhibidos en la publicidad. ¿Discutible? Sí. Pero ¿quién es responsable por la imprecisión de la ley? ¿La Comisión del Indecopi o el Congreso que la aprobó?
Entre darle una facultad amplia e indefinida a una autoridad pública, o una estricta y concreta, prefiero la segunda opción. Pero no pretendo simplificar en 600 palabras una discusión que a una Comisión le tomó 60 páginas de fundamento, y a un entusiasta tuitero 6 segundos de leer un titular “periodístico” incompleto y tendencioso.
Las decisiones de las entidades públicas están ahí para ser estudiadas y criticadas, pero con argumentos. Lo que sí me parece una tremenda irresponsabilidad es que personajes públicos, como el doctor Elmer Huerta, especulen y acusen públicamente, sin sustento, que una decisión técnica e independiente fue “cocinada” por “telarañas de poder”.
Igual de lamentables fueron las expresiones del presidente Vizcarra, quien se mordió la lengua hace solo unos días cuando lanzaron una bomba molotov al frontis del Indecopi en un ataque amedrentador y cobarde contra la institución y todos sus funcionarios, pero se apuró a achacar al Indecopi “ir en contra de la salud”, en una alocución a la que bien le vendría un octógono que diga “Alto en floro” o “Cero contenido”.