(El Comercio)
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Fernando Alayo Orbegozo

El jueves último, el Congreso aprobó –en primera votación– la inclusión de la castración química como una sanción para los condenados por violación sexual contra menores de 14 años. De esta manera, se modificó el artículo 173 del Código Penal (referido al delito de violación sexual de menores), en el que, además de elevarse la pena de cárcel a cadena perpetua, se incluyó el siguiente texto: “Se impondrá como medida complementaria la castración química cuando el juez lo estime pertinente”.

Este tratamiento médico consiste en la aplicación –vía oral o por inyectables– al condenado de un compuesto químico (como la medroxiprogesterona o el acetato de ciproterona) para inhibir su deseo sexual y reducir la producción de testosterona. ¿Pero qué alcances tiene esta disposición?

—El origen del debate—

En octubre del 2016, el congresista Yohny Lescano (Acción Popular) presentó la iniciativa 460/2016-CR, que preveía la castración química como una pena complementaria para los sentenciados por delitos de violación sexual. El proyecto fue derivado a la Comisión de Justicia del Congreso, presidida entonces por Salvador Heresi, actual ministro de Justicia. Allí se discutió junto con otros 20 proyectos de ley que buscaban sancionar la violencia sexual. Así, el 19 de abril pasado, este grupo de trabajo aprobó –por unanimidad– un dictamen que recogía la propuesta de Lescano de modificar el artículo 173 del Código Penal, a fin de aplicar el castigo químico. Tras ello, ese dictamen se elevó al pleno para su aprobación final.

—A favor y en contra—

En su proyecto de ley, Lescano argumentó que “muchos especialistas” en temas de violencia sexual consideran que la castración química es “un mecanismo de efectiva disuasión y rehabilitación”; no obstante, no precisó cómo sería su implementación en el Perú. Consultado al respecto por este Diario, dijo: “Eso lo verá en su momento el equipo técnico del Ministerio de Salud (Minsa)”. “Deberán analizar cuántas veces se debe aplicar el medicamento. Es cuestión de poner en práctica la ley, eso no me preocupa mucho”, agregó.

Los congresistas Alberto de Belaunde (no agrupado) e Indira Huilca (Nuevo Perú) criticaron que esta propuesta no había sido debatida correctamente. Por ello, indicaron, votaron en contra de su aprobación. De Belaunde explicó que la castración química “es innecesaria” porque, al ser aprobada como una pena complementaria, se aplicará a quienes ya han recibido cadena perpetua.

Luis Lamas Puccio, abogado penalista, está en la misma línea: “Es una contradicción que se dictamine la castración química a alguien que va a pasar el resto de su vida en la cárcel y, por lo tanto, ya no representa un peligro para la sociedad”.

—Salud y Justicia: “Es inviable”—

Durante el debate de la iniciativa de Lescano, la Comisión de Justicia del Congreso solicitó una opinión al Ministerio de Justicia (Minjus), al Minsa y a la Defensoría del Pueblo. Entre febrero y junio del 2017, estas tres entidades rechazaron la castración química, al declararla “inviable”.

El Comercio accedió a los informes enviados por estas instituciones al grupo de trabajo congresal. El Minjus concluyó que el castigo químico era “contrario a los principios más elementales de la ética médica”. “Por lo tanto, la castración química nunca puede ser impuesta como sanción penal, pues constituiría una pena cruel y degradante”, indicó el ministerio durante la gestión de Marisol Pérez Tello. En tanto, la defensoría precisó que aplicar esta medida “contraviene los convenios internacionales suscritos por el Perú”, como la Convención Americana de Derechos Humanos.

El Minsa consideró que el proyecto de ley era “una norma inconstitucional”, que transgredía el principio de resocialización y humanidad en el Código Penal. Asimismo, el sector Salud –bajo la gestión de Patricia García– explicó que la propuesta de castración química carecía de un estudio real de costos, “toda vez que dicha medida se encuentra ligada a un tratamiento médico que debe llevar el individuo, lo cual no ha sido contemplado por el legislador”.

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—Efectividad en discusión—

Actualmente, la castración química se aplica de manera obligatoria o voluntaria en distintos países del mundo [ver infografía], pero su efectividad aún es materia de debate: según un estudio publicado en la revista surcoreana “Journal of Korean Medical Science”, esta medida solo reduciría la reincidencia de manera efectiva si se aplicara a delincuentes sexuales “en el contexto de un tratamiento psicoterapéutico completo, lo cual no ha sucedido en ningún país del mundo donde se ha implementado”.

Otros estudios señalan que el castigo químico puede disminuir la ocurrencia de delitos sexuales, al caer incluso de 75% a 2% (en Alemania, una investigación mostró que la tasa de ofensas sexuales se redujo de 46% a 3% entre los que se sometieron al tratamiento). Al debate se suman los casos extremos: en 1983, el estadounidense Joseph F. Smith se convirtió en el primer preso por violación que fue castrado químicamente en el mundo. Diez años después de haber recibido el compuesto químico, y ya en libertad, violó a más de 75 niños.

Tras la decisión del Congreso, esta discusión se ha trasladado al Perú. El último viernes, el ministro Heresi dijo que la castración química tendría que cuantificarse, ya que implicaría un costo. “El Gobierno aún no ha tomado una posición concreta al respecto”, agregó. La titular del Minsa, Silvia Pessah, indicó que su sector evalúa la propuesta “dentro del marco de las evidencias científicas”. Duberlí Rodríguez, presidente del Poder Judicial, fue más enfático: “No es la solución”.

Después de ser aprobada en primera votación, la norma de la castración química deberá ser sometida a una segunda votación por el Congreso, la cual se daría la próxima semana. Si es aprobada nuevamente, será remitida al Ejecutivo para su promulgación. Sin embargo, este puede observarla y dejarla sin efecto. En esa situación, el Congreso puede promulgar la ley por insistencia.

A pesar de que el Ejecutivo aún no se pronuncia formalmente y que, durante el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, el Minjus y el Minsa se mostraron en contra de la medida, Lescano es optimista: “No creo que el presidente Vizcarra la observe. Este es un nuevo gobierno”.

- Proyecciones -

¿Cuánto costaría su aplicación en el Perú?En Corea del Sur, país donde la castración química se aplica desde el 2011, su implementación le cuesta al Estado unos US$4.650 anuales por cada sentenciado. Esto incluye las inyecciones del compuesto cada tres meses y el monitoreo médico.

En nuestro país, a febrero del 2018, había 5.268 sentenciados por el delito de violación sexual de menores. Si a todos ellos se les aplicara el régimen surcoreano de castración química, el Gobierno tendría que invertir un monto aproximado de US$26 millones anuales.

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