Todo lo que debes saber sobre el caso del docente que embarazó a su alumna en Piura
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Redacción EC

Por: Ralph Zapata y Hernán Medrano

Entre el 2018 y julio de este año, un total de 1.085 docentes y personal administrativo han sido destituidos de instituciones educativas en el marco de la Ley N° 29988, que establece medidas extraordinarias para maestros y administrativos implicados en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, y tráfico ilícito de drogas.

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Recientemente, el docente Ronny Pasapera Quezada, quien en el 2004 embarazó a una de sus alumnas del colegio Sagrado Corazón de Jesús de Piura y que actualmente se desempeña en la Dirección Regional de Educación de Piura (DREP), será rotado de puesto (es consultor contratado a través del Fondo de Apoyo Gerencial del Gobierno Regional de Piura).

La DREP abrió investigación administrativa por los delitos de seducción, violación y abuso de autoridad en contra de Pasapera en el 2004, luego de que este reconociera ser el padre del pequeño que esperaba la adolescente, quien tenía en ese entonces 16 años y cursaba el quinto grado de secundaria. El docente fue sancionado con la inhabilitación del cargo por un año.

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-Reacciones-

Mediante un comunicado, el Ministerio de Educación (Minedu) dijo que no existe justificación alguna para dar un trato conciliador o permisivo a los responsables de casos de violencia sexual.

Agregó que es necesario perfeccionar las normas para que personal involucrado en casos de violencia sexual no pueda reingresar al sector Educación, por lo que viene trabajando un proyecto de modificación de la Ley N° 29988, a fin de "tomar medidas efectivas contra los procesados y condenados por conductas de violencia sexual u otro delito grave que pueda vulnerar los derechos de los estudiantes".

El Minedu informó que se encuentra revisando la normativa vigente sobre procesos disciplinarios en su sector con el objetivo de adoptar las acciones correspondientes para evitar que se repitan situaciones como las de Piura y que los docentes que hayan sido sancionados administrativamente por hechos de violencia sexual no vuelvan a ocupar cargos en el sector Educación.

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Asimismo, funcionarios y especialistas en gestión pública manifestaron su rechazo a la decisión tomada por el Gobierno Regional de Piura de rotar de puesto al docente Ronny Pasapera, quien seguirá laborando en la entidad regional con un sueldo de S/8 mil, ya no como consultor en la Dirección Regional de Educación (DRE), sino en otra dependencia aún sin confirmar.

Al respecto, el consejero regional José Morey Requejo, dijo a El Comercio que este caso es indefendible y no entiende cómo el gerente de Desarrollo Social, Eddy Leyva, y el asesor Fernando Cáceres lo respaldaron este lunes en conferencia de prensa. "Un narco no podría ser sentenciado y luego designado como gerente de Cedro, por ejemplo. Es contraproducente, no se le niega el derecho al trabajo a nadie, pero los funcionarios públicos deben ser idóneos, probos y éticamente intachables", indicó.

A su turno, el consejero Alfonso Llanos argumentó que este caso crea un mal precedente. "Lo que más preocupa es que si tenemos este tipo de representantes, qué podemos pensar del resto. Ha sido deplorable la forma cómo han salido a defender lo indefendible. Hay un conflicto moral y ético totalmente evidente y no podemos seguir con esta hipocresía, atenta contra la mujer, la denigra, atenta contra los valores éticos y crea un mal precedente", expresó.

Juana Huaca, experta en Gestión Pública de la Universidad de Piura (UDEP), coincidió con ambos funcionarios y precisó que en el sector público debe cuidarse el código de ética y el buen comportamiento. "Debería dar un paso al costado (Pasapera) (...) No se le puede llamar maestro, asesor (...) Se está creando un mal precedente, acostumbrándonos a tolerar estos casos y decir aquí no pasó nada, como el soborno o la coima", opinó.

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-El caso-

Pasapera Quezada fue denunciado en 2004 por la directora de la institución educativa Sagrado Corazón de Jesús de Piura y se le abrió un proceso administrativo por los delitos de seducción, violación y abuso de autoridad. Tras la investigación fue sancionado administrativamente ese mismo año.

Cuestionado por su reciente contratación, el docente dijo que lo suyo "no es cuestión penal, es cuestión administrativa nada más".

De acuerdo con la resolución directoral 4527-2004 de la DREP, a Pasapera se le separó del cargo por un año. Sin embargo, el sancionado volvió a trabajar en el sector público. Según su hoja de vida fue docente en el Instituto Superior Pedagógico Público de Piura desde el 2014 hasta el 2018.

Sobre este caso, el congresista piurano Hernando Cevallos señaló que las autoridades regionales y locales deben reforzar los filtros en las contrataciones para ocupar cargos públicos. "Sobre todo en sectores tan vulnerables donde se manejan casos que merecen ser analizados por el personal idóneo, para evitar exposiciones bochornosas y parcializadas que dejan malparado el prestigio del gobierno regional", comentó.

-Implicancias penales-

Consultado por este Diario, el penalista Carlos Caro, docente de la Universidad de Lima, explicó que la sanción administrativa siempre está a cargo del ente empleador, "teniendo en cuenta, en este caso, que bajo custodia está la formación de una menor". Sin embargo, detalló que la vía penal le corresponde iniciarla al Ministerio Público.

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"Es otro asunto, ahí la fiscalía debió actuar de oficio y abrir un proceso penal en contra del maestro por del delito de violación. Ahí no hace falta la denuncia de la víctima", sostuvo.

Añadió que de acuerdo al Código Penal, si un adulto mantiene relaciones sexuales con una menor de edad, entre 14 y 18 años, no se considera en todos los casos como violación sexual, ya que se contempla si esta fue consentida.

"Para que haya delito de violación, al margen del consentimiento, el o la menor tiene que tener menos de 14 años. De 14 años hacia adelante es considerado delito de violación en la medida en que haya violencia, amenaza, abuso de confianza, u otros factores. En los casos que involucran a menores de 14 años, el delito de violación existe así haya consentimiento", explicó.

En el caso de Pasapera, el docente alegó haber tenido el consentimiento de la menor para mantener relaciones sexuales y la familia no presentó ninguna denuncia en su contra.

Vale precisar que el arítculo 174 del Código Penal sanciona al que aprovecha una situación de dependencia, autoridad o vigilancia de una persona para ultrajarla.

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-Acoso sexual en el Gore-

Este no es el único caso de violencia contra la mujer en el Gobierno Regional de Piura. Hoy, el consejo regional escuchará a la secretaria técnica suplente de Procesos Disciplinarios, Maritza Mogollón, para conocer los avances en la investigación contra el gerente general Jesús Torres Saravia, acusado de acoso sexual.

El consejero Morey dijo que en esta cita estará presente también el asesor legal del Gobierno Regional de Piura. "Sabemos que la secretaria técnica es una subordinada del gerente Torres Saravia y no podría ver este caso. Mañana (hoy) el asesor legal establecerá la legalidad o no del procedimiento, y conoceremos cuánto se ha avanzado, porque han pasado 15 días y se ha dilatado el proceso", comentó.

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