Por el plazo de 90 días calendario, en los departamentos de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tumbes y Ucayali, y el Callao. (Foto: Minsa)
Por el plazo de 90 días calendario, en los departamentos de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tumbes y Ucayali, y el Callao. (Foto: Minsa)
Redacción EC

El Gobierno del Perú anunció, mediante decreto supremo Nº 004-2024-SA, declarar en 20 regiones del país, debido al incremento de casos de .

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Esta medida será, en un principio, por el plazo de 90 días calendario, en los departamentos de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tumbes y Ucayali, y la Provincia Constitucional del Callao.

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Esto, conforme a lo detallado en el plan de acción “Emergencia sanitaria por afectación de la continuidad de los servicios de saluda por epidemia de dengue.

Corresponde al Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud, y las Direcciones de Redes Integradas de Salud de las mencionadas regiones realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción contenido en el Anexo I del presente Decreto Supremo.

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Cabe precisar que, concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, las entidades intervinientes deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados en el marco del Plan de Acción, así como sobre los resultados alcanzados.

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El ministro de Salud, César Vásquez, había adelantado el último lunes que se tomaría esta medida, por la situación de la enfermedad en el país, que en lo que va del año ha cobrado la vida de al menos 40 personas.

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