El Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia Nº 017-2019 que tiene por objetivo establecer medidas urgentes para garantizar la protección del derecho a la salud a través del cierre de la brecha de población sin cobertura de seguro en el territorio nacional.
Se autorizó a la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS – SIS) afiliar “independientemente de la clasificación socioeconómica” a toda persona residente en el territorio nacional que “no cuente con ningún seguro de salud, con la finalidad de garantizar la protección del derecho a la salud”.
“Esta afiliación garantiza a los beneficiarios la cobertura gratuita del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS)”, especifica el dispositivo legal del diario oficial El Peruano.
El decreto precisa que el acceso a la cobertura de los planes complementarios se encuentran sujetos a la aprobación de estos y sus criterios de elegibilidad basados en la vulnerabilidad económica, sus correspondientes esquemas de financiamiento a través de la IAFAS – SIS y del Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL).
Comisión multisectorial
El Gobierno también ha dispuesto que en un plazo no mayor a quince días calendarios se conforme una Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, presidida por un representante del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Ministerio de Economía y Finanzas; el Seguro Social de Salud – EsSalud; el Seguro Integral de Salud – SIS; las IAFAS a cargo del Ministerio de Defensa; y la IAFAS de la Policía Nacional del Perú a cargo del Ministerio del Interior.
Esta comisión elaborará una propuesta de actualización del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS y de los planes complementarios, así como los criterios de elegibilidad basados en la vulnerabilidad económica, esquemas de financiamiento y arreglos institucionales para la administración y gestión de los recursos para el aseguramiento en salud. Su informe final deberá ser emitido en un plazo no mayor a noventa días calendario.
Entre otras medidas se explica que en un plazo no mayor a 120 días se deberá aprobar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud actualizado y sus Planes Complementarios, así como los criterios de elegibilidad para acceder a ellos y los esquemas de financiamiento de los mismos.
En la norma también se detallan mejoras en la gestión y eficiencia de la oferta de servicios de salud, precisiones sobre la recaudación de los aportes de los asegurados del SIS y financiamiento.
Síguenos en Twitter como @PeruECpe