Redacción EC

El emitió un pronunciamiento, este miércoles 27 de diciembre, en el que rechaza las nuevas facultades que se le otorgaría a la y que involucran cambios en el Código Procesal Penal, permitiendo así que pueda investigar delitos por cuenta propia y agilizar diligencias preliminares.

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Tras sostener una sesión extraordinaria el pasado 22 de diciembre, la Junta de Fiscales Supremos, analizó los decretos legislativos publicados el 21 de diciembre de 2023, los mismos que contienen normas que vulneran las funciones constitucionales del Ministerio Público, según refieren.

En esa línea, informó que “se ha conformado una comisión institucional que viene evaluando la interposición de las acciones legales pertinentes con el objetivo de hacer prevalecer el rol constitucional asignado al Ministerio Público”.

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Además, remarca que el Ministerio Público, titular de la acción penal, “en ningún momento fue convocado por el Poder Ejecutivo”, para efecto de emitir opinión o posición institucional sobre el particular.

“El Ministerio Público precisa que la potestad policial de la investigación del delito, consagrado en el artículo de 166 de la Constitución Política, no puede ser interpretado aisladamente y está vinculado con el inciso 4 del artículo 159 de la citada norma, la cual expresa que la Policía Nacional del Perú está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público”, dice en parte del documento.

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En tal sentido, reafirma que seguirá cumpliendo su rol, de acuerdo con el modelo establecido por la Carta Magna.

Finalmente, apunta que se pretende someter al Ministerio Público a los designios de la entidad que más bien debe brindarle su apoyo, en referencia a la Policía.

Nuevo Decreto Legislativo N° 1605

Como se recuerda, el pasado 21 de diciembre, el Ejecutivo anunció la promulgación del Decreto Legislativo N° 1605, que modifica 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal.

Según indicó, con el objetivo de optimizar el marco legal que regula la investigación del delito y la intervención policial en el ámbito de sus respectivas competencias.

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De esta forma, la PNP podrá realizar, por iniciativa propia, las diligencias de investigación del delito que sean urgentes o inaplazables, y asumirá la estrategia operativa sin trasgredir las competencias fiscales.

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