El Gobierno publicó el Decreto de Urgencia que establece medidas temporales para el pase a la situación de retiro del personal policial por falta de idoneidad para el cumplimiento de las funciones policiales.
Decreto de Urgencia Nº 012-2020, publicada este jueves en las normas legales del diario El Peruano, tiene como objetivo establecer medidas temporales que permitan asegurar la idoneidad del personal policial en el cumplimiento de sus funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente.
En particular, las acciones destinadas a garantizar, mantener y restablecer el orden interno, el orden público y la seguridad ciudadana.
Dentro de los criterios de falta de idoneidad para el cumplimiento de las funciones policiales están: haber sido condenado, mediante sentencia consentida o ejecutoriada, a una pena privativa de la libertad efectiva o suspendida.
También, ser un deudor alimentario moroso e inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), con adeudo de tres cuotas de obligaciones alimentarios o pensiones devengadas.
Por actividades o conductas que afecten gravemente los bienes jurídicos constituidos por la ética policial, disciplina policial, servicio policial e imagen institucional, entre otras medidas establecidas por el decreto.
La presente norma, que fue aprobada el pasado 8 de enero por el Consejo de Ministros, tiene una vigencia de cinco años renovables por un periodo similar, computados a partir del día siguiente de su publicación en El Peruano.
El ministro del Interior, Carlos Morán, había señalado previamente que un policía debe conservar los valores del honor, la honestidad, la probidad y la vocación de servicio, no solo al ingresar a la institución, sino hasta el último día de sus funciones.
“No más policías cómplices de bandas, no más policías violadores, no más policías que se embriagan y disparan. No más policías maltratadores de mujeres ni deudores de alimentos. A esos elementos no los vamos a tolerar un día más en la institución”, declaró la semana pasada.