El pleno del Tribunal Constitucional evaluó este miércoles la demanda de competencia contra la disolución del Congreso de la República. En audiencia pública, los representantes del Ejecutivo y el Legislativo sustentaron sus argumentos.
En representación del Ejecutivo se presentó el procurador público Luis Huerta Guerrero, especializado en materia constitucional. En tanto, el jefe de la Oficina de Defensa de las Leyes del Congreso, Jorge Campana Ríos, expuso por el Legislativo.
Al terminar la sesión, el magistrado Carlos Ramos anunció que el propósito del pleno del TC es resolver la demanda competencial antes de las elecciones del 26 de enero del 2020.
“Buscaremos que [el pronunciamiento] sea antes de las elecciones [previstas para el 26 de enero). No depende de mí, no solamente es cuestión del ponente porque tiene que entrar al debate y entiendo que entrará al debate la primera semana de enero”, aseveró.
Ramos explicó que el TC “cierra sus puertas el viernes 13 de diciembre” y retorna a sus actividades el 2 de enero, por lo que -señaló- a su regrese procederán con la discusión de la demanda a fin de emitir su pronunciamiento “antes de las elecciones” al Legislativo.
-La posición del procurador público-
El procurador público en materia constitucional, Luis Alberto Huerta, advirtió que un fallo a favor de la demanda competencial que impulsa Pedro Olaechea, titular de la Comisión Permanente, sería avalar un “fraude a la Constitución".
“Si fallan a favor de la parte demandante (Congreso de la República), estarán lamentablemente avalando un fraude a la Constitución y la cuestión de confianza. Si la declaran infundada, estarán a favor de la deliberación política en asuntos públicos por parte de la ciudadanía en su conjunto", manifestó ante el TC.
Huerta cuestionó a Pedro Olaechea y enfatizó que el recurso busca principalmente atentar contra la posibilidad de que la ciudadanía resuelva una tensión entre el Ejecutivo y el Legislativo.
“El objetivo central de la parte demandante, la pretensión principal es cuestionar la facultad presidencial de disolver el Congreso. En otras palabras, el objetivo es limitar, restringir, cuestionar el derecho de la ciudadanía a ser convocada a elecciones para resolver la crisis política”, aseguró el procurador.
El representante del Ejecutivo acusó al disuelto Parlamento de haber tenido una actitud constante en contra de la facultad para presentar cuestiones de confianza a través de cambios en su reglamento.
“La segunda conducta evidenciada por el Congreso contraria a la cuestión de confianza, es cuando se aprueba formalmente pero el Congreso adopta una posición contraria a la que se planteó o se aprobó [...] En su mensaje a la Nación, el presidente de la República señaló claramente que hubo una aprobación formal de la cuestión de confianza pero había sido denegada en los hechos (por la inmunidad parlamentaria)”, recordó.
-Ejecutivo “buscaba dominar, básicamente, arrodillar al Congreso”-
Durante una audiencia pública, el titular de la Comisión Permanente Pedro Olaechea defendió la demanda competencial. Afirmó que el Poder Ejecutivo buscaba dominar al Parlamento “a una voluntad que no era democrática”, afectando el equilibrio de poderes.
“Poco a poco se buscaba dominar, básicamente, arrodillar al Congreso a una voluntad que no era democrática. Se estaba afectando el equilibrio de poderes”, aseveró Olaechea ante el tribunal.
Pedro Olaechea negó que haya existido obstrucción de parte del Parlamento y mencionó que este poder del Estado aprobó los tres presupuestos presentados por el Ejecutivo, le dio tres delegaciones de facultades, y solo archivó el 2.9% de los proyectos presentados, a comparación con el gobierno de Ollanta Humala (4.4%) y de Alan García (11%).
Señaló que el Ejecutivo amenazó al Congreso con los plazos en la aprobación de las reformas presentadas y su contenido, buscando “perforar” el balance de poderes.
“Nuevamente se pide el adelanto [de elecciones] y en este caso el ministro de Justicia de entonces, el señor Vicente Zeballos, comienza a amenazar con el plazo y nuevamente con la fórmula que se había dado. No se seguían respetando los fueros e independencias que toda democracia marca, la democracia sindica el equilibrio de poderes. Se está buscando perforar ese balance”, dijo.
Agregó que el Ejecutivo “quería tener un Congreso sujeto, un Congreso sobre el cual pudiera disponer” y que el vehículo que encontró para esto fue la elección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, luego que el proyecto de adelanto de elecciones fuera archivado en la Comisión de Constitución.
“Es cuando fracasa este adelanto de elecciones que el Ejecutivo súbitamente encuentra otro vehículo para trata de doblar y dominar al Poder Legislativo. Es ahí que viene una nueva pretensión en la cual se dicta cuál es el contenido de la agenda, ya se interviene en cómo debe hacerse la agenda y se pide que se apruebe una ley que a luces vistas no puede ser retroactiva, que era la modificación del artículo 8 del Código Procesal del TC. Esta vez, groseramente, se ingresa dentro de los fueros del Parlamento […] Se interviene el Congreso de manera violenta”, expresó.
-NOTA PREVIA-
Con la demanda competencial, Olaechea pidió que el TC declare nula la disolución del Congreso. Aunque el TC admitió a trámite la demanda, señaló que las consideraciones que desarrolle para dirimir la controversia “tendrán efectos a futuro” y no afectará el cronograma electoral en marcha, por las elecciones parlamentarias de enero del 2020.
-Los argumentos del Legislativo-
En la demanda competencial, firmada por Pedro Olaechea y Jorge Campana, se señala que “es competencia exclusiva y excluyente” del Congreso decidir sobre la modalidad de elección de los magistrados del TC. En esa línea, asegura que la decisión del Ejecutivo de presentar una cuestión de confianza por ese tema “menoscaba” las atribuciones del Parlamento.
Los representantes del Congreso añaden que el Ejecutivo habría vulnerado los principios de equilibrio y separación de poderes.
Además, le piden al TC que declare que la cuestión de confianza solo puede ser otorgada por el Congreso de forma expresa, con una votación en el pleno, no de manera tácita o fáctica, ya que ello “implicaría menoscabar las competencias constitucionales del Congreso para aprobarla o negarla”.
Cabe recordar que el pasado 30 de setiembre, cuando el presidente Martín Vizcarra anunció la disolución del Congreso, aseguró que tomó esa decisión “ante la negación fáctica” de la cuestión de confianza a su Gabinete.
Mientras Vizcarra daba cuenta de esa decisión mediante un mensaje a la nación, el pleno del Congreso se encontraba debatiendo la cuestión de confianza y pasó rápidamente a votar y aprobarla.
-La respuesta del Ejecutivo-
El Ejecutivo presentó ante el TC un documento de 46 páginas en el que fundamenta su postura. En esencia, se basa en la posibilidad de que la ciudadanía participe en la resolución de conflictos políticos (a través del adelanto de elecciones parlamentarias).
Además, se destaca la atribución del presidente de la República de disolver el Congreso cuando se le deniega la confianza a dos Gabinetes Ministeriales.
Para el Ejecutivo, la denegación de la confianza no solo se concreta a través de votaciones, sino cuando el pleno del Congreso “realiza acciones manifiestamente contrarias a lo que se le solicitó”.
Cabe recordar que antes de votar por la cuestión de confianza solicitada por Del Solar, el pleno del Congreso eligió a Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea como nuevo magistrado del TC. Con ello, el presidente consideró que en la práctica, la confianza al Gabinete le había sido negada.
El Ejecutivo también señala que “no ha existido un menoscabo de las competencias del Congreso”, y la negación de la confianza “se manifestó de forma indubitable”.
-La cronología de los hechos-
27/9/2019 El presidente Martín Vizcarra anuncia la presentación de una cuestión de confianza al Congreso de la República por el proceso de elección del Tribunal Constitucional (TC).
30/9/2019 El entonces primer ministro Salvador del Solar solicita la cuestión de confianza ante el pleno del Congreso, que antes de someterla a debate y votación eligió a Gonzalo Ortiz de Zevallos como magistrado del TC.
30/9/2019 El presidente Vizcarra da por denegada la confianza y disuelve el Congreso. Mientras anunciaba esa decisión, el pleno del Congreso cortó el debate de la cuestión de confianza, pasó rápidamente a la votación y la aprobó.
10/10/2019 El presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, presenta una demanda competencial y una medida cautelar ante el TC contra la disolución del Congreso.
11/10/2019 El procurador de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Carlos Cosavalente, pide a la fiscalía abrir investigación a Pedro Olaechea por presunta usurpación de funciones.
29/10/2019 El pleno del TC admite a trámite la demanda competencial y declara improcedente la medida cautelar
22/11/2019 El Ejecutivo responde a la demanda competencial tras ser notificado por el TC de la admisión a trámite.
-Los plazos del TC -
La audiencia se realizará en la sede del TC en Lima. Tras la sesión, el Tribunal Constitucional tendrá hasta 30 días hábiles para resolver la demanda competencial.
Cuando el TC admitió a trámite el recurso aseguró que su pronunciamiento permitirá no solo fortalecer “nuestras instituciones democráticas” sino “delimitar los alcances de las atribuciones del Congreso de la República y del Poder Ejecutivo”.
-Los ponentes-
El procurador Luis Huerta Guerrero, quien defenderá al Ejecutivo ante el TC, ha sido asesor jurisdiccional del Tribunal Constitucional y asesor de la Comisión de Constitución del Congreso. También se ha desempeñado como procurador público especializado supranacional.
El abogado Jorge Campana Ríos, quien irá como representante del Congreso ante el TC, es jefe de la Oficina de Defensa de las Leyes en el Parlamento. Ha sido nombrado en varias ocasiones como apoderado del Congreso en procesos que se siguen ante el TC por demandas de inconstitucionalidad. A nivel académico, es magíster en Derecho Constitucional por la PUCP.