Guzmán: ¿El Caso Tarata puede prescribir o ser cosa juzgada?
Guzmán: ¿El Caso Tarata puede prescribir o ser cosa juzgada?
Alejandra García

El cabecilla de Sendero Luminoso, , enfrenta actualmente un juicio oral por el atentado terrorista en la calle Tarata, en el distrito limeño de Miraflores, en julio de 1992.

El Poder Judicial acusa a Guzmán y a otros 11 ex miembros del comité central de Sendero Luminoso de la autoría mediata de dicho acto extremista, que provocó 25 muertes, 5 desaparecidos y 155 heridos tras la detonación de un auto con 400 kilos de explosivos.

La defensa legal del terrorista Abimael Guzmán, Alfredo Crespo, y los abogados de los otros procesados sustentaron una serie de recursos, como la excepción de cosa juzgada y la prescripción del delito de terrorismo, con el propósito de que se declare el archivamiento del Caso Tarata.

Pero el Poder Judicial recién se pronunciará sobre este pedido en la próxima audiencia, programada para el martes 7 de marzo.

Cabe precisar que Guzmán ya está recluido en la Base Naval del Callao, donde cumple una sentencia de cadena perpetua por los crímenes ejecutados por Sendero Luminoso entre 1980 y 1992.

En el 2006, la Sala Penal Nacional sentenció a Abimael Guzmán en un megajuicio oral que abarcó cinco procesos judiciales.

Entre ellos, el caso “Incautaciones y acciones terroristas”, la “Caída de Gonzalo”, la “Academia César Vallejo”, “El Diario”, y uno de sus atentados más despiadados, la “Matanza de Lucanamarca”, en Ayacucho. El 14 de diciembre del 2007, la Corte Suprema ratificó esta sentencia.

—Cosa juzgada y prescripción de delito—

En diálogo con El Comercio, los abogados penalistas Carlos Caro y Mario Amoretti analizaron si los recursos legales de "excepción de cosa juzgada" o de "prescripción de delito" se podrían aplicar a favor de Abimael Guzmán en el juicio oral por el caso Tarata.

Ambos especialistas sostuvieron que la medida de excepción de cosa juzgada solo rige cuando se cumplen tres exigencias al mismo tiempo: identidad de sujeto, identidad de hecho e identidad de fundamento.

“Es decir, el sujeto no podría ser juzgado por los mismos hechos que ya fue sentenciado, sobre todo cuando son los mismos agraviados. En el caso de Abimael Guzmán ha sido condenado por el mismo fundamento de terrorismo, que es un delito, pero no en el Caso Tarata. Entonces, la excepción de cosa juzgada no procede”, declaró el letrado Mario Amoretti.

A su turno, Carlos Caro recordó, además, que en el 2007 la Corte Suprema ratificó la condena a cadena perpetua de Guzmán. Precisó que en -entre las páginas 14 y 19- “se describen los hechos de terrorismo que cometió Sendero Luminoso bajo las órdenes de Abimael Guzmán, pero no hay nada sobre Tarata”.

Respecto a la prescripción de delito, el penalista Caro citó el artículo 80 del Código Penal. Aquí se puntualiza que en los casos sancionados con pena de cadena perpetua, “la acción penal se extingue a los treinta años” de cometido el delito.

En esa línea, Mario Amoretti también consideró que esta medida legal no podría ser aprobada porque el atentado de Tarata ocurrió hace 25 años. “Se necesitaría mínimo 30 años, y aún no ha transcurrido ese tiempo”.

—Otro recurso—

Para el abogado Carlos Caro, existe una posibilidad para que el terrorista Abimael Guzmán no sea juzgado por el atentado de Tarata. Consideró que en este proceso se podría aplicar el artículo 51 del Código Penal, que regula el “concurso real retrospectivo”.

Eso significa que un sentenciado a cadena perpetua podría evadir un nuevo juicio por la misma pena, pero “sin perjuicio de fijarse la reparación civil para el nuevo delito”.

“Aquí, Guzmán prácticamente estaría aceptando su responsabilidad de los delitos de Tarata, así evitaría el juicio y simplemente se le fijaría una reparación”, explicó el penalista.

No obstante, Caro subrayó que dependerá de la estrategia de la defensa legal del cabecilla de Sendero Luminoso, pues el juez no puede obligar al acusado a pedir este recurso.

“En el Perú las cadenas perpetuas no se suman. Entonces, el abogado de Abimael Guzmán podría pedir que se aplique el artículo 51 y esperar que se le fije una reparación, o puede litigar para demostrar la inocencia de su cliente”, concluyó.

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