El acusado Martín Vizcarra continuará siendo procesado en su calidad de expresidente regional de Moquegua por el presunto delito de colusión agravada durante la licitación de las obras Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua II, vinculada a la empresa Obrainsa.
Pese a que el Poder Judicial -a pedido de la fiscalía- acaba de archivar dos delitos atribuidos contra el exfuncionario, Martín Vizcarra no se ha librado de rendir cuentas a la justicia por este caso.
Vizcarra Cornejo seguirá afrontando este proceso por el supuesto delito de colusión agravada por presuntamente haber recibido una coima de S/1 millón por la obra Lomas de Ilo y otros S/1,3 millones por la licitación del Hospital de Moquegua II.
Dichos montos, según la fiscalía, corresponderían al 2% del total de la inversión de las obras.
Como se recuerda, en octubre del 2020, el Equipo Especial Lava Jato abrió investigación contra el exgobernador regional por los presuntos delitos de colusión agravada, asociación ilícita para delinquir, cohecho y usurpación agravada. Posteriormente, solo se formalizó por tres de ellos.
MIRA: Congreso: Informe final de Esdras Medida recomienda acusar a miembros de la JNJ por infracción constitucional
En diciembre del 2022, la fiscalía solo acusó a Vizcarra Cornejo por el delito de colusión agravada y solicitó 15 años de cárcel en su contra. Esa misma fecha, el Equipo Especial Lava Jato requirió el archivo de los delitos de asociación ilícita para delinquir y usurpación agravada.
Fue en noviembre del 2023, durante el inicio del control de acusación que la jueza Margarita Salcedo discrepó con la fiscalía al considerar que -el también ex jefe de Estado- debía seguir siendo procesado por tres delitos y no solo por uno. Por ello, dispuso que el fiscal superior se pronuncie respecto a la decisión del fiscal provincial que solicitó el archivo de dos delitos.
Finalmente, la Fiscalía Superior coincidió en requerir el archivo de los delitos de asociación ilícita para delinquir y usurpación agravada. Ante ello, la jueza Salcedo emitió una resolución declarando el sobreseimiento -es decir el archivo- de ambos ilícitos a pedido de la fiscalía.
¿Por qué se archivaron los dos delitos?
Según la resolución judicial a la que accedió El Comercio, la fiscalía determinó que no se había podido probar que Martín Vizcarra hubiese cometido el delito de usurpación de funciones y tampoco haya sido parte de una asociación ilícita de personas para cometer los presuntos actos de corrupción durante las licitaciones de las obras de construcción del Sistema de Riego Lomas de Ilo y la ampliación y mejoramiento del Hospital de Moquegua nivel II.
También se archivó la acusación por usurpación de funciones contra el co-acusado José Luis Núñez Herrera, exgerente del proyecto especial Pasto Grande.
Respecto al delito de asociación ilícita, por las dos obras implicadas, la jueza Salcedo recordó que la fiscalía señaló que “no se puede establecer que la conducta del acusado haya sido de carácter estable y permanente” en el tiempo. Requisito necesario para sostener que un grupo criminal actuó en un largo periodo.
Según remarcó la magistrada, la fiscalía señaló que tampoco se ha podido establecer la participación de más de un investigado que se asocie a una misma voluntad criminal y que haya coadyuvando con sus mismos fines
Por tanto, no se pudo establecer un elemento funcional y estructural de los acusados dentro de una asociación criminal.
Por ende, no se ha podido establecer un elemento funcional y estructural, ni determinar una organización con una estructura básica con cohesión de grupo y en orden direccionado a perpetuar el delito, ni se ha podido establecer que la conducta del acusado fue producto de un acuerdo asociativo y permanente para delinquir.”
Ministerio Público
Mientras que, por el delito de usurpación y funciones -en ambos casos- la fiscalía tuvo en cuenta que “no se habría realizado la conducta que se le atribuye al procesado”, por cuanto no se podría instigar a una persona para usurpar funciones cuando esta estuvo habilitaba oficialmente.
Por ello, la jueza resolvió que, en el caso de usurpación de funciones, si para la fiscalía resultaba suficiente la normativa que facultaba a los co-implicados de Vizcarra para suscribir contratos de las licitaciones públicas, correspondía el archivo de este delito.
Mientras que, sobre el delito de asociación ilícita para delinquir -hoy denominado organización criminal- la jueza precisó que, una vez más, no compartía la opinión de la fiscalía superior -que ratificó su pedido para sobreseer este delito- sin embargo correspondía el archivo del mismo puesto que el titular de la persecución penal es la fiscalía.
“Sobre la causal invocada respecto de Martín Alberto Vizcarra Cornejo, no se trata de que este despacho comparta el criterio desarrollado por el Fiscal Superior (…) sin embargo, estando que por mandato legal, ante la ratificación del requerimiento de sobreseimiento efectuado por el Fiscal Superior, el Juez debe proceder a emitir el auto de sobreseimiento respecto, por tanto corresponde a esta judicatura proceder a su emisión, máxime si el titular de la acción penal es el Ministerio Público.”
Margarita Salcedo, jueza de Investigación Preparatoria.
Ahora, Vizcarra Cornejo continuará afrontando este proceso, solo por el presunto delito de colusión agravada por presuntamente haber recibido una coima de S/ 1 millón por la obra Lomas de Ilo y otros S/ 1,3 millones por la licitación del Hospital de Moquegua II.
En el control de acusación, que se viene desarrollando, el fiscal Osías Castañeda indicó que existen elementos probatorios para acreditar no solo los dichos de los colaboradores eficaces como Elard Paul Tejeda Moscoso, exgerente comercial de Obrainsa, en contra del expresidente; sino también las declaraciones de los testigos cercanos a Vizcarra, como el exministro Elmer Trujillo y su exsecretaria Karem Roca.
Además, la fiscalía destacó la declaración del exministro de Vizcarra, José Manuel Hernández, en calidad de colaborador eficaz -con sentencia homologada y dichos corroborados- sobre los presuntos pedidos del exgobernador regional.
Esta planilla va a poder darle luces señorita magistrada, que el 2% que solicitó el hoy acusado, Martín Alberto Cornejo, como consecuencia de haber faltado a sus obligaciones de probidad y lealtad que tiene todo funcionario público.”
Osías Castañeda, Fiscal
“No significa que el caso se archive, continuará por el delito de colusión agravada”
Andy Carrión, abogado penalista, detalló que este caso contra Martín Vizcarra se concentra en dos obras que se licitaron cuando era gobernador regional de Moquegua: estos son Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
Recordó que el fiscal Germán Juárez Atoche inició la investigación por los delitos de cohecho, colusión agravada, asociación ilícita y usurpación de funciones.
Sin embargo, la fiscalía archivó cohecho y en la última etapa de la investigación preparatoria solicitó al Poder Judicial el sobreseimiento (archivo) de los delitos de asociación ilícita y usurpación de funciones, quedándose únicamente con colusión agravada.
“Con lo cual, no es cierto de que el caso se haya archivado por completo o ya no pueda seguir adelante. Lo único que ha sucedido es que culminada la etapa de investigación preparatoria, la fiscalía decide archivar y tiene que gozar de la venia judicial”, remarcó.
Puntualizó que en este caso la jueza no estuvo de acuerdo con el archivo y por ello elevó en consulta a la fiscalía superior, que ratificó el archivo de estos dos delitos.
“Lo que se ha conocido ahora es que a la jueza no le ha quedado más remedio que decir, sobreséase o archívese, pero solo por esos dos delitos. Eso no significa que el caso se archive, sino que continuará el control de acusación por el delito de colusión agravada y aquí hay de por medio un presunto pago de 2.5 millones de soles”, subrayó.
Según Carrión, la decisión de archivar los dos delitos mencionados no afectará en la pena solicitada por la fiscalía contra Vizcarra. Esto, debido a que cuando el Ministerio Público postuló la acusación ya había pedido el referido archivo y planteado los 15 años de prisión solo por colusión agravada.
“Hubiera tenido impacto en la prognosis de pena, si la fiscalía hubiese acusado por los tres delitos y luego el Poder Judicial archivaba dos, pero en este caso ha partido de la iniciativa de la fiscalía el pedido de archivo, por lo que solo hicieron la prognosis por colusión agravada. Debido a ello, no hay impacto en lo que pueda afrontar en el juicio”
Andy Carrión, abogado penalista.
La mañana del lunes, Martín Vizcarra, fue denunciado constitucionalmente por el congresista de Fuerza Popular (FP), Héctor Ventura, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y colusión agravada, debido a su presunta vinculación con el caso “Los Intocables de la Corrupción”.
La denuncia presentada ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso se sustenta en las investigaciones que viene realizando el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop) donde se señala que el exmandatario estaría a la cabeza de la presunta organización criminal que se habría enquistado en Provias Descentralizado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones -MTC con la finalidad de direccionar procesos de licitaciones y contrataciones públicas fraudulentas para beneficiarse económicamente.
Vizcarra fue denunciado en calidad de expresidente de la República, ya que durante su gestión entre marzo de 2018 hasta noviembre de 2022, el grupo criminal que habría liderado se dedicó el copamiento de instituciones y la realización de lobbies ilícitos para manejar las contrataciones gubernamentales.
Debido a que Vizcarra ostentaba el cargo presidencial en ese momento, está sometido al antejuicio del Parlamento para que pueda ser procesado judicialmente en este caso.
“El Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, no investiga al expresidente Martin Vizcarra Cornejo porque goza de la protección del antejuicio político, por ello para facilitarle el trabajo de investigación dada la abundante evidencia que involucra la participación del exmandatario formalizo la presente denuncia constitucional”, señaló Ventura en su denuncia.
Según los hechos investigados, la presunta red liderada por Vizcarra Cornejo cobraba como coima el 3.5% del monto adjudicado a las empresas, el mismo que era entregado en maletines de dinero en Palacio de Gobierno al exmandatario.
El exmandatario habría tenido la colaboración de un grupo de personas conocidas como “Los Moqueguanos” , quienes habrían dispuesto la colocación de personajes afines a sus intereses. Entre ello, a Carlos Eduardo Revilla Loaiza en Provías Descentralizado, Carlos Estremadoyro Mori como exministro de Transportes y Comunicaciones, Alcides Villafuerte como exgerente de Obras de Provías Descentralizado, Juan Torres Enciso como integrante del Comité de licitaciones de PD y Elizabeth Ugarte como excoordinadora de la Dirección Ejecutiva de PD.