El Poder Judicial requirió al Ministerio Público y la procuraduría subsanar defectos observados en la acusación del caso que involucra al expresidente Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia.
Las observaciones deberán ser corregidas en un plazo de cinco días hábiles. El control de acusación quedó suspendido hasta el próximo lunes 28 de octubre.
En la audiencia de control de acusación que se llevó a cabo este viernes, el juez Richard Concepción Carhuancho señaló que la fiscalía deberá realizar “una mención genérica” de los delitos fuente que se habrían cometido en la campaña del Partido Nacionalista del 2011, al ser un caso de presunto lavado de activos.
► Extesorero de Fuerza Popular afirma que el partido tenía un “brazo para temas penales”
► Tomás Gálvez: Este viernes 18 se verá impedimento de salida del país contra fiscal supremo
El juez Concepción también se refirió a la individualización de la pena de los 11 acusados del caso. Según señaló, “no se ha mencionado las circunstancias personales" de cada uno.
Sobre la incorporación del Partido Nacionalista y la empresa Todo Graph al proceso, el juez advirtió que, si bien se les ha imputado el delito de lavado de activos, “no se ha especificado expresamente la modalidad de los actos de lavado, menos las razones de la misma”.
Respecto al pedido de la fiscalía para la disolución y liquidación del Partido Nacionalista y la empresa Todo Graph, solicitó que se detallen las razones por las que se debería llegar a dicha consecuencia. Finalmente, le recordó al fiscal Germán Juárez que no se ha pronunciado sobre los bienes incautados ni las cuentas congeladas de los afectados en el proceso.
Por el lado de la procuraduría, el Poder Judicial le pidió detallar por escrito los errores materiales que expuso durante la audiencia y especificar quiénes deberán pagar la reparación civil y bajo qué modalidad.
Además, señaló que se debe precisar “el hecho generador del daño" y su relación con los daños finalmente ocasionados. También solicitó exponer el factor por el que se les atribuye responsabilidad en perjuicio del Estado a los acusados que deberán pagar la reparación civil.