Por unanimidad, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió la demanda de inconstitucionalidad que interpuso el Poder Ejecutivo contra la Ley 31039 aprobada por el Congreso de la República, que permite los ascensos automáticos en el personal de salud, informaron fuentes de la institución a El Comercio.
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Ahora, el Parlamento será notificado para que en un plazo de 30 días, responda a la petición del Ejecutivo. Durante la reunión del pleno del TC, realizada esta mañana, se nombró que al magistrado Augusto Ferrero Costa como ponente del caso.
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El dispositivo legal, permite el ascenso automático del escalafón profesional, el nombramiento y cambio de plazo indeterminado de nombramiento de profesionales, auxiliares y técnicos de la salud; así como el cambio de la línea de carrera.
Tal como lo habría informado este Diario, la demanda sostiene que la Ley 31039 vulnera nueve artículos de la Constitución. Entre estos, la separación de funciones de los órganos constitucionales (art. 43), la competencia del Poder Ejecutivo para administrar la hacienda pública (art. 118), el principio de equilibrio presupuestario (art. 78) y la prohibición de los congresistas de crear o aumentar el gasto público (art. 79), la meritocracia en la carrera administrativa reconocido como bien jurídico constitucional (art.40), el derecho a la igualdad (art.2), etc.
La demanda, suscrita por el procurador constitucional Luis Alberto Huerta Guerrero, explica que no hubo una interacción entre el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo para analizar el impacto económico de la mencionada norma. Y, que no se tuvo en cuenta las observaciones del Ejecutivo en cuanto a la dificultad de financiar con erario nacional los ascensos.
Entre los cálculos realizados por el Ejecutivo, se señala que el ascenso automático aprobado en en la ley 31039 generaría un gasto de S/ 216.902.739,77; mientras que el nombramiento automático implicaría un gasto aproximado de S/ 1.154.301.122,77, entre otros.